Decisión Nº C7425-21 de Consejo de Transparencia de 18/01/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 897545891

Decisión Nº C7425-21 de Consejo de Transparencia de 18/01/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Número de sentenciaC7425-21
Fecha18 Enero 2022
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-11,DFL 458 1976 - Ley General de Urbanismo y Construcción ART-116

DECISIÓN AMPARO ROL C7425-21

Entidad pública: Municipalidad de Chillán

Requirente: Mateo Gonzalez Muñoz

Ingreso Consejo: 05.10.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Chillán, ordenando la entrega de la información que indica sobre la propiedad ubicada en Calle Yungay N° 91, población Kennedy, Rol de Avalúo 923-3.

Lo anterior, por tratarse de información pública, conforme a la Ley de Transparencia y la Ley General de Urbanismo y Construcción.

En sesión ordinaria N° 1246 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de enero de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7425-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 2 de septiembre de 2021, don Mateo Gonzalez Muñoz solicitó a la Municipalidad de Chillán la siguiente información:

"En relación a la propiedad ubicada en Calle Yungay N° 91, población Kennedy, Rol de Avalúo 923-3, solicito la siguiente información:

1. Permiso de edificación de las construcciones existentes (vivienda original y ampliaciones)

2. Certificado de recepción definitiva de las construcciones existentes (vivienda original y ampliaciones)

3. Planos de arquitectura de la vivienda original y ampliaciones.

4. Especificaciones técnicas de arquitectura.

5. Permiso de Urbanización del loteo o conjunto.

6. Certificado de Urbanización del loteo o conjunto.

7. Memoria de deslindes del loteo o conjunto."

Observaciones: Método de entrega: Correo electrónico

Formato de entrega de la información: Electrónico / PDF

2) RESPUESTA: Por medio de Oficio N° 4386/2021 Chillán, de 1 de octubre de 2021, la Municipalidad de Chillán respondió a dicho requerimiento de información indicando que no hay inconveniente en enviar al correo electrónico la documentación existente en el archivo, debiendo cancelar el desarchivo y el escaneo de los antecedentes, vía transferencia o depósito bancario, cuyo valor total a pagar es $ 30.713, por concepto de Permiso de Edificación, Recepción Definitiva, Planos de arquitectura vivienda original, Tipo 177-S, Especificaciones Técnicas de la vivienda original y desarchivo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 16, puntos 6, 7 y 10 de la "Ordenanza sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios".

Respecto del especto al Permiso de Urbanización del loteo o conjunto, Certificado de Urbanización y Memoria de deslindes, debe acercarse de manera presencial al departamento de loteo correspondiente a la Dirección de Obras de la Municipalidad de Chillán, para solicitar dichos documentos y realizar cancelación correspondiente.

3) AMPARO: El 5 de octubre de 2021, don Mateo Gonzalez Muñoz dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en respuesta incompleta o parcial a su solicitud. Además, el reclamante hizo presente que:

1. "En relación al Permiso de Edificación: Conforme a lo señalado en el numeral 3 de la instrucción general N° 6 del Consejo para la Transparencia, no se podrá efectuar cobro alguno si la remisión de la información se realiza telemáticamente, situación que no se cumple, ya que se ha informado en el punto 2 del oficio de respuesta, los costos...

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