Decisión Nº C7321-21 de Consejo de Transparencia de 14/12/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 884197145

Decisión Nº C7321-21 de Consejo de Transparencia de 14/12/2021

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-8 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-5,Ley de Transparencia ART-11 LETRA H
Número de sentenciaC7321-21
Fecha14 Diciembre 2021

DECISIÓN AMPARO ROL C7321-21

Entidad pública: Municipalidad de Putre

Requirente: Mario Rivero Campos

Ingreso Consejo: 01.10.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Putre, requiriendo otorgue respuesta a las consultas realizadas relativas a estadísticas, investigaciones, unidades internas, protocolos de denuncia, programas de intervención y reparación respecto de víctimas de violencia intrafamiliar en la comuna; y en el evento de ser afirmativas, proporcionar al reclamante el documento que contendría dichos antecedentes.

Lo anterior, debido a que, si bien se requiere información planteada en forma de pregunta, aquella puede ser satisfecha, simplemente, con una respuesta afirmativa o negativa, por lo que, se trata de información pública que debe obrar en poder del órgano reclamado, respecto de la cual éste no ha acreditado su entrega, ni ha alegado la concurrencia de alguna circunstancia de hecho o causal de reserva que justifique su denegación.

Se representa al órgano reclamado el hecho de no haber otorgado respuesta dentro del plazo establecido para ello.

En sesión ordinaria N° 1237 del Consejo Directivo, celebrada el 14 de diciembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C7321-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 17 de agosto de 2021, don Mario Rivero Campos solicitó a la Municipalidad de Putre, lo siguiente:

a) "¿Cuál es la definición o concepto de violencia intrafamiliar con el cual se rige el municipio para abordar fenómenos en esta materia?, Describa y adjunte documentación".

b) "¿Existe una institución, unidad, organismo, departamento en el municipio que se encargue de afrontar la problemática de la violencia intrafamiliar en la comuna? En caso de que exista indicar su nombre, su lugar en el organigrama municipal, su presupuesto en los últimos tres años, número de personal asignado, cuál es su departamento o unidad municipal superior y en el marco de que ley opera dicha institución".

c) "¿El municipio cuenta con estadísticas, documento o investigación en torno a la violencia intrafamiliar en la comuna de elaboración propia o ajena? En caso de que la respuesta sea afirmativa solicito dichos documentos".

d) "¿El documento ha realizado investigación propia en materia de violencia intrafamiliar que haya dado lugar a estadística, documentos informes? En caso de que la respuesta sea afirmativa solicito dichos documentos".

e) "¿Vuestro municipio cuenta con un protocolo o documento abocado al actuar del municipio frente a situaciones de violencia intrafamiliar? En caso de que la respuesta sea afirmativa solicito dichos documentos".

f) "¿Cuáles son los criterios que utiliza el municipio para abordar los casos de violencia...

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