Decisión Nº C7225-21 de Consejo de Transparencia de 04/01/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 896458142

Decisión Nº C7225-21 de Consejo de Transparencia de 04/01/2022

Número de sentenciaC7225-21
Fecha04 Enero 2022

DECISIÓN AMPARO ROL C7225-21

Entidad pública: Municipalidad de Tiltil

Requirente: Francisco Martínez-Conde Fuentes

Ingreso Consejo: 28.09.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Tiltil, teniendo por entregada, aunque de forma extemporánea, la información relativa a los permisos de construcción de vivienda aprobados y rechazados a los funcionarios de la Municipalidad residentes en la comuna, desde el año 2017 en adelante.

Lo anterior, por cuanto el organismo comunicó al reclamante, durante la tramitación de este procedimiento, la fuente y el lugar en que puede tener acceso directamente a la información solicitada, la cual mantienen permanentemente a disposición del público, conforme lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Transparencia y al numeral 3.1 de la Instrucción General N° 10 de este Consejo; lo cual le permite realizar el cruce de la información en la forma requerida; sin que corresponda al Municipio generar información que no tiene sistematizada.

En sesión ordinaria N° 1242 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de enero de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7225-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 02 de septiembre de 2021, don Francisco Martínez-Conde Fuentes solicitó a la Municipalidad de Tiltil la siguiente información:

"(...) remitir información respecto de todos los permisos de construcción de vivienda otorgados, aprobados y rechazados a los Funcionarios de la I. Municipalidad de Til Til residentes en la comuna, desde el año 2017 a esta fecha, indicando Motivo si corresponde del rechazo, fecha, domicilio en el cual se solicita el Permiso, nombre del propietario y solicitante

Observaciones: Solicita información respecto a funcionarios de planta, contrata y honorarios."

2) RESPUESTA: El 28 de septiembre de 2021, la Municipalidad de Tiltil...

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