Decisión Nº C7101-21 de Consejo de Transparencia de 07/12/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 881583890

Decisión Nº C7101-21 de Consejo de Transparencia de 07/12/2021

JuezGloria de la Fuente González (Ausente),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC7101-21
Fecha07 Diciembre 2021

DECISIÓN AMPARO ROL C7101-21

Entidad pública: Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente.

Requirente: Marco Nuñez Ossandón.

Ingreso Consejo: 23.09.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo en contra del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ordenando la entrega de información sobre valorización que este organismo asignó a los bienes dados de baja, dañados, perdidos o donados durante los años 2017 a 2021, ambos años inclusive; así como, la contabilización que se hizo de tales bienes en el referido período de años en el Sistema para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE).

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública respecto de la cual no se alegaron causales de secreto o reserva, ni circunstancias de hecho para ponderar.

Se hace presente al órgano reclamado que la circunstancia de no evacuar descargos constituye una falta de colaboración que entorpece y dilata el procedimiento de acceso a la información pública. Por lo anterior, se le recomienda que en lo sucesivo adopte las medidas administrativas necesarias a fin de evitar la reiteración de las circunstancias ya descritas.

En sesión ordinaria N° 1235 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de diciembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7101-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 12 de agosto de 2021, don Marco Nuñez Ossandón solicitó al Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, la siguiente información:

"Estimado Sr. Luis Arteaga: junto con saludar, queremos solicitar información con respecto a los actos administrativos como actas, resoluciones y contabilización de lo siguiente:

1.- Se solicitan todas las copias de resoluciones, actas, contabilización en sigfe de las bajas, mermas, perdidas, donaciones correspondiente al año 2021 y sus...

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