Decisión Nº C6654-20 de Consejo de Transparencia de 25/02/2021
Juez | Natalia González Bañados (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime) |
Fecha | 25 Febrero 2021 |
Número de sentencia | C6654-20 |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-5,Ley de Transparencia ART10 |
DECISIÓN AMPARO ROL C6654-20
Entidad pública: SEREMI de Salud Región de Valparaíso
Requirente: Bruno Nicolini
Ingreso Consejo: 19.10.2020
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra de la SEREMI de Salud Región de Valparaíso, respecto de los antecedentes que den cuenta que la SEREMI de Salud notificó a la Municipalidad de Quilpué el alzamiento de la medida sanitaria de clausura y prohibición de funcionamiento del establecimiento comercial consultado.
Lo anterior, debido a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no existe la información solicitada.
Por su parte se rechaza el amparo, en lo relativo a la documentación que dé cuenta por qué en el acta de fiscalización correspondiente, se sugirió el alzamiento de la medida sanitaria al local comercial consultado, y si existieron otras fiscalizaciones en tal sentido, ello por exceder el tenor de la solicitud original.
En sesión ordinaria N° 1159 del Consejo Directivo, celebrada el 25 de febrero de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6654-20.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: El 14 de septiembre de 2020, don Bruno Nicolini solicitó a la SEREMI de Salud Región de Valparaíso la siguiente información:
a) Respuesta del Municipio al Ordinario del MINSAL indicado.
Antecedente: La presente solicitud se funda en la última frase del Ordinario 35, de 10 de febrero 2020, de la Oficina Provincial de Marga-Marga, SEREMI Valparaíso; dirigido a la Directora Rentas de la Municipalidad de Quilpué, con motivo de la clausura del local Punto Zero, en que "(...) se solicita informar las condiciones de funcionamiento de acuerdo a su competencia"
b) Documentación adicional (si la hubiera) a la especificada en párrafo anterior relativa a la fiscalización, control y sanciones pertinentes al mismo local comercial Punto Zero, durante el año 2020 y que hubiera ocurrido entre las partes indicadas (Municipio y Of. Provincial de Marga Marga SEREMI de Valparaíso).
2) RESPUESTA: El 06 de octubre de 2020, la SEREMI de Salud Región de Valparaíso respondió a dicho requerimiento de información, mediante ORD. N° 2850, de 02 de octubre de 2020, indicando, que se adjuntan los siguientes documentos:
a) Ordinario N° 93/2020, de la Directora de Rentas Municipales de la Municipalidad de Quilpué, en...
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