Decisión Nº C6624-18 de Consejo de Transparencia de 19/03/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 796387293

Decisión Nº C6624-18 de Consejo de Transparencia de 19/03/2019

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Ausente), Presidente
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART- 7 LETRA K,Ley de Transparencia ART.7 LETRA G,Ley de Transparencia AT-7 LETRA D
Fecha19 Marzo 2019
Número de sentenciaC6624-18

DECISIÓN RECLAMO ROL C6624-18

Entidad pública: Municipalidad de San Pedro de Melipilla

Requirente: N.N.

Ingreso Consejo: 28.12.2018

RESUMEN

Se acoge el reclamo por infracción a las normas de transparencia activa deducido en contra de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla, por cuanto al 12 de febrero de 2019, el órgano reclamado no mantenía a disposición permanente del público, de forma expedita, completa y actualizada la información relativa al personal y sus remuneraciones; a los actos y resoluciones con efectos sobre terceros; y al presupuesto asignado y su ejecución.

Lo anterior, sin perjuicio de los avances que se hayan logrado en el tiempo intermedio entre el Informe de Fiscalización y esta decisión.

En sesión ordinaria N° 976 del Consejo Directivo, celebrada el 19 de marzo de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C6624-18.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia, y la Instrucción General N° 11, de este Consejo, sobre Transparencia Activa.

TENIENDO PRESENTE:

1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: Con fecha 28 de diciembre de 2018, el (la) reclamante, quien solicitó mantener en reserva su identidad - en adelante N.N. o el reclamante-, presentó reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa en contra de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla fundado en que la información relativa al personal y sus remuneraciones; actos y resoluciones con efectos sobre terceros; y presupuesto asignado y su ejecución; se encuentra incompleta, desactualizada, su acceso no es expedito y no está disponible en forma permanente.

2) CERTIFICACIÓN DE LA PÁGINA WEB: Con fecha 12 de febrero de 2019, la Dirección de Fiscalización de este Consejo, revisó la información reclamada en el banner de Transparencia Activa de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de la Instrucción General No 11, que esta...

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