Decisión Nº C6613-19 de Consejo de Transparencia de 18/05/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847143874

Decisión Nº C6613-19 de Consejo de Transparencia de 18/05/2020

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Ausente), Presidente
Número de sentenciaC6613-19
Fecha18 Mayo 2020
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 Nº 2

DECISIÓN AMPARO ROL C6613-19

Entidad pública: Superintendencia de Pensiones.

Requirente: Juan Lathrop Zemelman.

Ingreso Consejo: 24.09.2019.

RESUMEN

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Superintendencia de Pensiones, respecto de información relativa a los afiliados fallecidos hasta el 31 de diciembre de 2017 con saldos en sus cuentas, sin trámite de beneficios al día 31 de diciembre de 2018, correspondiente a información entregada por las AFP, incluyendo el Rut y monto en pesos del saldo indicado.

Lo anterior, por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, toda vez que constituye información que compete a la vida privada de los herederos de los afiliados fallecidos.

Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos roles C1335-13 y C1407-17.

En sesión ordinaria N° 1097 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de mayo de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información, rol C6613-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 8 de agosto de 2019, don Juan Lathrop Zemelman requirió a la Superintendencia de Pensiones, la siguiente información: "el listado de afiliados fallecidos hasta el 31 de diciembre de 2017 con saldos en sus cuentas, sin trámite de beneficios al día 31 de diciembre de 2018, que corresponde a información entregada por las Administradoras de Fondos de Pensiones a esta Superintendencia. Se requiere el listado de afiliados con Rut y monto en pesos del saldo indicado".

2) RESPUESTA: El 3 de septiembre de 2019, mediante Oficio N° 19.322, el órgano otorgó respuesta a la solicitud, señalando en síntesis, que en el link que indica, se encuentra publicada la información de afiliados fallecidos en las fechas consultadas, en el sistema denominado "Afiliados Fallecidos con saldos en las cuentas individuales sin trámite de beneficios", "el cual actúa como un buscador, de modo que si un usuario desea saber si un fallecido hasta el 31/12/2017 sin trámites de beneficios, cuenta con recursos en la cuenta individual, deberá ingresar el RUT del fallecido y, de existir registro, éste indicará la AFP en que se encuentra la cuenta de ese fallecido, para que concurra a ella a obtener mayor información".

Acto seguido, agregó que "si bien es cierto la cédula de identidad y el historial previsional de una persona fallecida, no constituye un dato personal, toda vez que se refiere a quien a consecuencia del hecho jurídico de la muerte ha dejado de ser persona; su tratamiento podría afectar precisamente los derechos de sus...

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