Decisión Nº C6573-20 de Consejo de Transparencia de 27/10/2020
Juez | Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime) |
Número de sentencia | C6573-20 |
Fecha | 27 Octubre 2020 |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-7,Reglamento de la Ley de Transparencia ART-51 |
DECISIÓN RECLAMO ROL C6573-20
Entidad pública: Municipalidad de Providencia.
Requirente: NN. NN.
Ingreso Consejo: 15.10.2020.
En sesión ordinaria N° 1139 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de octubre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C6573-20.
VISTO:Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:Que, con fecha 15 de octubre de 2020, una persona que solicitó la reserva de identidad, en adelante NN. NN., dedujo reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa en contra de la Municipalidad de Providencia, a través del cual, expone su molestia por los riesgos generados por la Estación de Servicio que se indica y consulta respecto a información sobre las normas, regulaciones, permisos y cumplimiento de Normativa municipal para el funcionamiento de la misma. En específico, señala: "La estación de Servicio mencionada, se encuentra frente a mi casa. Reparte Combustible Bencina, parafina y Gas. Me preocupan mucho los posibles accidentes y las molestias que esta Estación de Servicio genera y quisiera saber y recibir respuesta formal, señalando normas, regulaciones, permisos y cumplimiento de Normativa municipal para su funcionamiento. Las preguntas a las que pido respuesta urgente son: 1. Cuáles son las medidas de seguridad exigidas por la superintendencia SEC, MINSAL o la que corresponda, para prever posibles accidentes generado por la alta acumulación de combustible que reparte e informar a los vecinos exactamente cuáles son esas medidas y los protocolos en caso de incendio o explosión. 2. Cuáles...
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