Decisión Nº C6568-18 de Consejo de Transparencia de 04/07/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 810987097

Decisión Nº C6568-18 de Consejo de Transparencia de 04/07/2019

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Ausente),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente
Fecha04 Julio 2019
Número de sentenciaC6568-18
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-5,DFL 1 2006 - Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades ART-3,Ley de Transparencia ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C6568-18

Entidad pública: Municipalidad de Combarbalá

Requirente: Stephanie Canto Santis

Ingreso Consejo: 26.12.2018

RESUMEN

Se acoge el amparo en contra de la Municipalidad de Combarbalá, ordenándose entregar la información relativa a los gastos consultados como la cantidad de toneladas no entregadas a la reclamante. Lo anterior, toda vez que se trata de información pública que debiera obrar en poder del órgano conforme sus competencias y no se acreditó la inexistencia de la información según el estándar fijado por esta Corporación.

Con todo, en el evento de que dicha información no obrare en poder del municipio, se deberá comunicar dicha circunstancia a la solicitante y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen.

En sesión ordinaria N° 1009 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de julio de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6568-18.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: el 6 de noviembre de 2018, doña Stephanie Canto Santis solicitó a la Municipalidad de Combarbalá -en adelante e indistintamente Municipalidad o Municipio-, información sobre los costos asociados a la recolección, transporte y disposición final de residuos domiciliarios. En particular:

a) "Gastos (en pesos y en moneda nominal) de lo pagado en los contratos de "Recolección y transporte de residuos domiciliarios" y "disposición final de residuos domiciliarios" para los años que se indican en archivo adjunto (2008 al 2018);

b) Nombre de las empresas que han realizado (o realizan) el servicio de "Recolección y transporte de residuos domiciliarios" y "disposición final de residuos domiciliarios" para los años que se indican en archivo adjunto (2008 al 2018);

c) Porcentaje y toneladas de reciclaje que sea de responsabilidad de la respectiva municipalidad, sobre el total de "residuos domiciliarios" para cada año...;

d) Número de nuevas organizaciones que se hayan creado (inscritas formalmente en la municipalidad) para fomentar y/o prestar el servicio de reciclaje en la respectiva comuna; y,

e) Cantidad de toneladas...

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