Decisión Nº C6487-19 de Consejo de Transparencia de 31/03/2020
Juez | Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Ausente), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime) |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-5,Ley de Transparencia ART-10 |
Número de sentencia | C6487-19 |
Fecha | 31 Marzo 2020 |
DECISIÓN AMPARO ROL C6487-19
Entidad pública: SEREMI de Bienes Nacionales Región Metropolitana de Santiago
Requirente: Mónica Contreras Reyes
Ingreso Consejo: 15.09.2019
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra de la SEREMI de Bienes Nacionales Región Metropolitana de Santiago, relativa a la entrega de copia del expediente requerido relativos a una solicitud de saneamiento en virtud del decreto ley N° 2695.
Lo anterior, debido a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no obra en su poder la información reclamada.
En sesión ordinaria N° 1084 del Consejo Directivo, celebrada el 31 de marzo de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6487-19.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 08 de agosto de 2019, doña Mónica Contreras Reyes solicitó a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana de Santiago, en adelante e indistintamente la SEREMI de Bienes Nacionales, copia del expediente 134 SA 447469, sobre su solicitud de saneamiento de conformidad al DL N° 2695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la...
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