Decisión Nº C6413-21 de Consejo de Transparencia de 09/11/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 879184589

Decisión Nº C6413-21 de Consejo de Transparencia de 09/11/2021

Fecha09 Noviembre 2021
Número de sentenciaC6413-21

DECISIÓN AMPARO ROL C6413-21

Entidad pública: Hospital Barros Luco Trudeau

Requirente: Yasnira Jordán Zúñiga

Ingreso Consejo: 26.08.2021

RESUMEN

Se rechaza el amparo en contra del Hospital Barros Luco Trudeau, referido a la entrega de todos los antecedentes referidos a una supuesta denuncia falsa presentada en contra de la reclamante, la cual le habría sido notificada verbalmente el 29 de junio pasado, entregándosele copia simple.

Lo anterior, por cuanto dicho requerimiento no se encuentra incorporado en la solicitud que dio origen al presente amparo.

En sesión ordinaria N° 1229 del Consejo Directivo, celebrada el 9 de noviembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6413-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 22 de julio de 2021, doña Yasnira Jordán Zúñiga solicitó al Hospital Barros Luco Trudeau la siguiente información:

" (...) se me informe y se me remitan, todos los reclamos, documentos escritos, sean firmados o no, por el personal a esta institución, investigaciones sumarias y/o sumarios administrativos, en el evento de existir, realizados y/o iniciados en mi contra, o en el que aparezca mi nombre mencionado, durante el período comprendido entre...

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