Decisión Nº C6322-21 de Consejo de Transparencia de 16/11/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 881589952

Decisión Nº C6322-21 de Consejo de Transparencia de 16/11/2021

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Número de sentenciaC6322-21
Fecha16 Noviembre 2021
Normativa aplicadaLey 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2 LETRA F,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-20,Ley de Transparencia ART-21 N°2,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-4

DECISIÓN AMPARO ROL C6322-21

Entidad pública: Universidad de Valparaíso

Requirente: Rosario Victoriano

Ingreso Consejo: 24.08.2021

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Universidad de Valparaíso, referido al nombre de los estudiantes internos de la carrera de Medicina que realizan su práctica en los servicios de salud, con indicación de la rotación o servicio por la cual están pasando.

Lo anterior, por configurarse la causal de reserva de afectación a los derechos de terceros, toda vez que la nómina solicitada contiene datos de carácter personal, en los términos dispuestos en la ley sobre protección de la vida privada, no estando autorizado el órgano para la divulgación de los mismos.

Se sigue criterio contenido en las decisiones de amparos roles C208-12, C1975-17, C3306-17, C1234-18, C1848-18 y C6689-19, entre otras.

En sesión ordinaria N° 1231 del Consejo Directivo, celebrada el 16 de noviembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6322-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 22 de julio de 2021, doña Rosario Victoriano solicitó a la Universidad de Valparaíso la siguiente información:

"(...) Mediante una planilla Excel se informe la planificación de todos los cupos que les han sido entregados durante el año 2021 por los servicios de salud para realizar las practicas clínicas de los estudiantes de la carrera de medicina de Valparaíso, casa central, en los cuales se debe informar detalladamente la distribución por hospital indicando si es becado o interno, nombre junto con ello la rotación o servicio por la cual se está pasando, por ejemplo: medicina interna, traumatología, cirugía, etc.".

2) RESPUESTA: El 19 de agosto de 2021, la Universidad de Valparaíso respondió a dicho requerimiento de información mediante resolución exenta N° 03173, de 16 de agosto de 2021, señalando, en síntesis, lo siguiente:

- Se accede al número de cupos asignados a internos de la carrera de Medicina "Casa Central" de la Universidad de Valparaíso, en hospitales dependientes de los servicios de salud Valparaíso-San Antonio y Viña del Mar- Quillota, periodo 2021, desglosado por hospital y servicio interno respectivo.

- Se deniega la identidad de los alumnos de la carrera de Medicina que hacen uso de los cupos asignados para prácticas clínicas por el Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio y Viña del Mar- Quillota, durante el periodo 2021, en atención a que la información relativa a la situación académica de una persona en relación con una determinada carrera universitaria, es un dato personal a la luz de la definición prevista en el artículo , letra f), de la ley N° 19.628, en tanto se trata de un antecedente académico concerniente a una persona natural identificada. De igual forma el notificar y solicitar...

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