Decisión Nº C6292-20 de Consejo de Transparencia de 29/12/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 857880687

Decisión Nº C6292-20 de Consejo de Transparencia de 29/12/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Número de sentenciaC6292-20
Fecha29 Diciembre 2020
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24

DECISIÓN AMPARO ROL C6292-20

Entidad pública: Municipalidad de Viña del Mar

Requirente: Irene González Lezius

Ingreso Consejo: 01.09.2020.

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Viña del Mar, sin perjuicio de tener por entregada, aunque extemporáneamente, los volúmenes 1, 2 y 3, del "Estudio Base Económica de la Comuna para la Reformulación del Plan Regulador Comunal Viña del Mar".

Lo anterior, por cuanto el organismo únicamente hizo entrega del volumen IV del estudio solicitado, correspondiente a su informe final, lo que en definitiva, y según el tenor de la solicitud, constituía una parte de lo pedido; procediendo en esta instancia a complementar la respuesta inicialmente otorgada.

Sin perjuicio de lo anterior, en virtud del principio de facilitación, consagrado en la Ley de Transparencia, los volúmenes aludidos, serán acompañados en la notificación que, de la presente decisión, se haga a la reclamante.

En sesión ordinaria N° 1143 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de diciembre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6292-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) AMPARO: El 1 de octubre de 2020, doña Irene González Lezius dedujo amparo a su...

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