Decisión Nº C6254-21 de Consejo de Transparencia de 16/11/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 881590723

Decisión Nº C6254-21 de Consejo de Transparencia de 16/11/2021

JuezNatalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC6254-21
Fecha16 Noviembre 2021
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 N°5,Constitución Política de la República ART-8 INCISO 2

DECISIÓN AMPARO ROL C6254-21

Entidad pública: Gendarmería de Chile

Requirente: Alicia Alonso Merino

Ingreso Consejo: 23.08.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de Gendarmería de Chile y se ordena la entrega de los Manuales de Régimen Interno, o instrumento similar, por el que se regulan los regímenes internos de máxima seguridad de los centros penitenciario de Arica, La Serena, Valparaíso, Valdivia, Puerto Montt y Biobío.

Lo anterior, por cuanto, tenidos a la vista los referidos manuales, se constató que regulan materias de los centros consultados, respecto de personas recluidas bajo prisión preventiva, presidio y/o reclusión, tales como, la organización general; deberes, derechos y obligaciones de los internos; medidas disciplinarias; unidades de reclusión; áreas de funcionamiento administrativas, de seguridad, técnicas, de salud, laboral; las celdas, los enseres personales, alimentación, asistencia médica, actividades de reinserción laboral y educacional; asistencia religiosa, visitas, horarios, desencierro; como asimismo, estos mismos regímenes en los módulos de alta y máxima seguridad; entre otras materias similares; sin que se advierta que con su divulgación se afectaría el debido cumplimiento de las funciones del órgano reclamado, en particular, la de dirigir todos los establecimientos penales del país y velar por la seguridad interior de ellos y afectar la seguridad de la Nación.

El presente acuerdo se adoptó con el voto disidente de la Consejera doña Natalia González Bañados, quien fue partidaria de acoger parcialmente el presente amparo; rechazándolo respecto a la información referida a todos los antecedentes que comprometan la seguridad del personal y los recintos de Gendarmería, tales como áreas de seguridad, técnicas, horarios, visitas, módulos de alta y máxima seguridad; ello en virtud del artículo 27 de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile.

En sesión ordinaria N° 1231 del Consejo Directivo, celebrada el 16 de noviembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6254-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 01 de julio de 2021, doña Alicia Alonso Merino solicitó a Gendarmería de Chile la siguiente información:

"- Manual de Régimen Interno del Centro Penitenciario de Arica, o instrumento similar por el que se regule el Régimen Interno de Máxima Seguridad en dicho centro penitenciario.

- Manual de Régimen Interno del Centro Penitenciario de La Serena, o instrumento similar por el que se regule el Régimen Interno de Máxima Seguridad en dicho centro penitenciario.

- Manual de Régimen Interno del Centro Penitenciario de Valparaíso, o instrumento similar por el que se regule el Régimen Interno de Máxima Seguridad en dicho centro penitenciario.

- Manual de Régimen Interno del Centro Penitenciario de Valdivia, o instrumento similar por el que se regule el Régimen Interno de Máxima Seguridad en dicho centro penitenciario.

- Manual de Régimen Interno del Centro Penitenciario de Puerto Mont, o instrumento similar por el que se regule el Régimen Interno de Máxima Seguridad en dicho centro penitenciario.

- Manual de Régimen Interno del Centro Penitenciario de BioBio, o instrumento similar por el que se regule el Régimen Interno de Máxima Seguridad en dicho centro penitenciario."

2) PRÓRROGA DE PLAZO: Por carta NUM 20062, de 30 de julio de 2021, el órgano notificó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en 10 días hábiles, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) RESPUESTA: El 13 de agosto de 2021, Gendarmería de Chile respondió a dicho requerimiento de información, mediante carta N° 3310, de esa fecha, señalando, en síntesis, lo siguiente:

Se accede la entrega de los manuales pedidos acogidos al...

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