Decisión Nº C6103-19 de Consejo de Transparencia de 27/02/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 844953912

Decisión Nº C6103-19 de Consejo de Transparencia de 27/02/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Fecha27 Febrero 2020
Número de sentenciaC6103-19
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 N°2

DECISIÓN AMPARO ROL C6103-19

Entidad pública: Municipalidad de Colina

Requirente: Valentina Essus Godoy

Ingreso Consejo: 27.08.2019

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Colina, relativo a la entrega de listado de empresas deudoras por concepto de derechos publicitarios de ese municipio, con desglose de los montos adeudados por cada una de éstas, fecha de vencimiento, título por el que se generó la deuda, entre otros antecedentes.

Lo anterior, por cuanto se concluye que se configura la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.

En sesión ordinaria N° 1075 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de febrero de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C6103-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 31 de julio de 2019, doña Valentina Essus Godoy solicitó a la Municipalidad de Colina: "Acceso y copia a los documentos que den cuenta de las deudas por conceptos de derechos publicitarios que existan en la Municipalidad. En caso de que existan, la solicitud incluye que se informe un desglose de la empresa o las empresas deudoras, los montos adeudados por cada una y, en caso de que hubiese, la existencia e individualización de juicios asociados a cada una de estas deudas. La información se solicita desde el 1 de enero de 2015 hasta la fecha de ingreso de esta solicitud, 31 de julio de 2019, indicando el detalle para cada deuda de los siguientes aspectos: nombre de la empresa, número de folio, fecha de emisión, fecha de vencimiento, rol, saldo reajuste, multas y total, además del título por el que se generó la deuda (por ejemplo, por precario, concesión, arrendamiento, etc.)".

2) RESPUESTA: La Municipalidad de...

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