Decisión Nº C6045-21 de Consejo de Transparencia de 02/11/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 879184642

Decisión Nº C6045-21 de Consejo de Transparencia de 02/11/2021

Número de sentenciaC6045-21
Fecha02 Noviembre 2021

DECISIÓN AMPARO ROL C6045-21

Entidad pública: Subsecretaría del Interior

Requirente: Paola Pinzón Yonda

Ingreso Consejo: 13.08.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría del Interior, relativo a la entrega de copia del expediente migratorio consultado, sin perjuicio de tener por entregada la información, aunque de manera extemporánea.

Lo anterior, por cuanto si bien el órgano reclamado accedió a la entrega de la información pedida poniéndola a disposición de la solicitante, ello ocurrió sólo durante la tramitación del presente procedimiento de acceso a la información.

En sesión ordinaria N° 1227 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de noviembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6045-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 30 de junio de 2021, doña Paola Pinzón Yonda solicitó a la Subsecretaría del Interior copia del expediente migratorio que indica, el cual estaría archivado conforme se le notificó.

2) RESPUESTA: La Subsecretaría del Interior respondió a dicho requerimiento de información mediante oficio N° 30134, de fecha 12 de agosto de 2021, señalando, en síntesis, que su solicitud de desarchivo se encuentra...

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