Decisión Nº C5971-21 de Consejo de Transparencia de 26/10/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 879185605

Decisión Nº C5971-21 de Consejo de Transparencia de 26/10/2021

Fecha26 Octubre 2021
Número de sentenciaC5971-21

DECISIÓN AMPARO ROL C5971-21

Entidad pública: Dirección General de Promoción de Exportaciones

Requirente: Jorge Condeza Neuber

Ingreso Consejo: 11.08.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, ordenando la entrega de las siete resoluciones reclamadas que instruyen procedimientos sumarios actualmente en trámite.

Lo anterior, por no resultar aplicable la reserva del artículo 137, inciso segundo, del Estatuto Administrativo, pues si bien lo pedido dice relación con procedimientos administrativo que no se encuentran afinados, no es información cuya divulgación ponga en riesgo el éxito de la investigación, toda vez que corresponde únicamente a las copias de las resoluciones que instruyeron los procedimientos consultados.

Se deberá tarjar, de ser pertinente, la identidad de las personas denunciantes y de los funcionarios en contra de la cual se dirige la investigación y de cualquier dato o antecedente que permita inferir sus identidades; como asimismo aquellos datos personales de contexto, tales como el número de cédula de identidad, domicilio particular, entre otros. Además de toda información que pueda referirse a diligencias o cursos de acción que serán desarrollados en el respectivo procedimiento sumarial.

Ello, por aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia, y en conformidad a lo dispuesto los artículos 2, letras f) y g), y 4 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la vida privada, y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la citada Ley de Transparencia.

Aplica criterios establecidos en las decisiones roles C2795-17, C3571-17, C1790-18, C1954-18 C2577-18, y C1894-18, entre otras.

En sesión ordinaria N° 1225 del Consejo Directivo, celebrada el 26 de octubre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C5971-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 13 de julio de 2021, don Jorge Condeza Neuber solicitó a la Dirección General de Promoción de Exportaciones la siguiente información:

Copia de las resoluciones con las cuales se ordenaron las investigaciones sumarias o sumarios administrativos enviadas en respuesta de oficio 469 del 2021 específicamente: J 102 2019; j 386/2019; J-643/2019; j 221/2019; j 717 2019; j 423 2019; j 581 2019; j 317 2020; j 373 2020; j 177 2020; CP 71 2020; CP 47 2020; J 129 2019; CP 826 2020; CP 584 2020; CP 200 2021; CP 96 2021; CP 542 2021; CP 1084 2020; y CP 726 2021.

2) RESPUESTA: El 11 de agosto de 2021, la Dirección General de Promoción de Exportaciones respondió a dicho requerimiento de información mediante oficio N° 00556/2021, accediendo a la entrega de las resoluciones que corresponden a procesos ya terminados y denegando aquellas 7 resoluciones en que existen procesos disciplinarios en trámite; ello en virtud del artículo 21, N° 1, letras a) y b) de la Ley de Transparencia; a saber:

- Resolución Exenta PROCHILE N° J-423, de 18 de octubre de 2019

- Resolución Exenta PROCHILE N° J-373, de 7 de mayo de 2020

- Resolución Exenta PROCHILE N° 00071/2020, de 30 de junio de 2020

- Resolución Exenta PROCHILE N° 00047/2020, de 23 de junio de 2020

- Resolución Exenta PROCHILE N° 00200/2021, de 16 de febrero de 2021.

- Resolución Exenta PROCHILE N° 00096/2021, de 19 de enero de 2021

- Resolución Exenta PROCHILE N° 01048/2020, de 10 de diciembre de 2020

3) AMPARO: El 11 de agosto de 2021, don Jorge Condeza Neuber dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la respuesta incompleta a su solicitud.

Además, el reclamante hizo presente que "Una vez más Prochile rechaza la entrega de información respecto al documento que da instrucción de...

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