Decisión Nº C5921-18 de Consejo de Transparencia de 06/08/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 821606909

Decisión Nº C5921-18 de Consejo de Transparencia de 06/08/2019

JuezMarcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Fecha06 Agosto 2019
Número de sentenciaC5921-18
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-21 N°1 LETRA A,Ley de Transparencia ART-5

DECISIÓN AMPARO ROL C5921-18

Entidad pública: Servicio de Impuestos Internos (SII).

Requirente: Sociedad Desarrollos Comerciales S.A, representada por don Matías Cunill Blaida.

Ingreso Consejo: 29.11.2018.

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio de Impuesto Internos (SII), ordenando la entrega del copia de la carpeta de fiscalización realizada por XV Dirección Regional Metropolitana de Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, a la empresa Desarrollos Comerciales S.A., en el marco del programa de fiscalización denominado "Auditoría de Pérdida de Arrastre AT 2015", especialmente, copia del informe de auditoría elaborado por el Segundo Departamento de Fiscalización Medianas y Grandes Empresas.

Lo anterior, por tratarse de un requerimiento vinculado a antecedentes tributarios del propio solicitante, respecto de los cuales el órgano no acreditó la configuración de la causal de secreto o reserva de afectación al debido cumplimiento de sus funciones, en relación a antecedentes necesarios a defensas jurídicas y judiciales.

El Consejero don Francisco Leturia Infante se abstuvo de intervenir y votar en el presente acuerdo.

En sesión ordinaria N° 1021 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de agosto de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C5921-18.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 10 de octubre de 2018, la Sociedad Desarrollos Comerciales S.A, representada por don Matías Cunill Blaida, solicitó al Servicio de Impuestos Internos (en adelante e indistintamente el SII):

a) "Copia de la carpeta de fiscalización realizada por XV Dirección Regional Metropolitana de Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos a Desarrollos Comerciales S.A., RUT N° 76.116.213-6, en el marco del programa de fiscalización denominado "Auditoría de Pérdida de Arrastre AT 2015", que se inició mediante notificación N° 138, de 30 de abril de 2018.

b) (...) especialmente, copia del informe de auditoría elaborado por el Segundo Departamento de Fiscalización Medianas y Grandes Empresas que debe constar en la respectiva carpeta de fiscalización".

2) RESPUESTA: El 8 de noviembre de 2018, mediante Resolución exenta Nro.: LT Not 0015349, el Servicio respondió dicho requerimiento, señalando, en síntesis, que deniegan el acceso a la información en virtud del artículo 21 N° 1, letra a), de la Ley de Transparencia. Esto debido a que lo solicitado "influye y se encuentra en directa relación con la causa RUC N° 14-9-0000413-4, la cual corresponde a un reclamo tributario interpuesto contra la Resolución Exenta N° 315100000066, emitida con fecha 19.11.2013, AT 2013, por la referida Dirección Regional, reclamo que fue rechazado íntegramente en primera instancia, decisión contra la cual se interpuso un recurso de apelación ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago y que actualmente se encuentra pendiente su conocimiento y resolución en causa Rol ICA N° 159-2018, por lo cual, entregar la información requerida vía Ley de Transparencia, al menos en este momento, conlleva develar antecedentes necesariamente relacionados con la defensa jurídica y judicial en torno a la teoría del caso sustentada por este Servicio en un procedimiento cuya tramitación se encuentra pendiente, en el cual este organismo ha fundamentado sus alegaciones y argumentará sus defensas en la vista de la causa del referido recurso".

3) AMPARO: El 29 de noviembre de 2018, la solicitante dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la respuesta negativa a su solicitud de información. Al respecto, hizo presente, en resumen, lo siguiente:

a) En el marco de la referida auditoría tributaria respecto de la pérdida de arrastre declarada en el año tributario 2015 se...

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