Decisión Nº C5902-19 de Consejo de Transparencia de 26/12/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 841373883

Decisión Nº C5902-19 de Consejo de Transparencia de 26/12/2019

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Ausente),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente
Número de sentenciaC5902-19
Fecha26 Diciembre 2019
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-14,Ley de Transparencia ART-11 LETRA H

DECISIÓN AMPARO ROL C5902-19

Entidad pública: Subsecretaría de Salud Pública

Requirente: Valezka Galleguillos Arguera

Ingreso Consejo: 19.08.2019

RESUMEN

Se tiene por entregada la información solicitada a la Subsecretaría de Salud Pública, relativa a copia de documentación legal referida al transporte de residuos peligrosos dentro de una misma faena, en particular, que aquel no requiere autorización sanitaria.

Lo anterior, tras hacer efectivo el apercibimiento consistente en que transcurrido el plazo señalado, sin que se recibiere comunicación alguna de parte de la reclamante, se entenderá que se encuentra conforme con la respuesta proporcionada por el órgano reclamado.

Finalmente, se representa al órgano reclamado el hecho de no haber otorgado respuesta dentro del plazo establecido para ello.

En sesión ordinaria N° 1060 del Consejo Directivo, celebrada el 26 de diciembre de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C5902-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 12 de julio de 2019, doña Valezka Galleguillos Arguera solicitó a la Subsecretaría de Salud Pública, "documentación legal (D.S., Ley, Circulares, Reglamentos, etc) que respalde que el transporte de residuos peligrosos dentro de una misma faena no...

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