Decisión Nº C5893-19 de Consejo de Transparencia de 09/04/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847144991

Decisión Nº C5893-19 de Consejo de Transparencia de 09/04/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Número de sentenciaC5893-19
Fecha09 Abril 2020

DECISIÓN RECLAMO ROL C5893-19

Entidad pública: Subsecretaría de Transportes

Requirente: N.N. NN.

Ingreso Consejo: 19. 08.2019

RESUMEN

Se acoge el reclamo por infracción a las normas de transparencia activa, interpuesto en contra de la Subsecretaría de Transportes, por cuanto se verifica la infracción denunciada por la parte reclamante, toda vez que al 24 de septiembre de 2019, el órgano recurrido no mantenía en forma completa y actualizada la información reclamada, relativa a "Antecedentes preparatorios de las normas jurídicas generales que afecten a empresas de menor tamaño".

Lo anterior, sin perjuicio de los avances que se pudieren lograr en la página de transparencia de la Subsecretaría de Transportes, en el tiempo intermedio entre el informe de fiscalización y esta decisión, lo que habrá de acreditar en la etapa de cumplimiento.

En sesión ordinaria N° 1087 del Consejo Directivo, celebrada el 9 de abril de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa rol C5893-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 19 de agosto de 2019, una persona que solicitó mantener en reserva su identidad - en adelante N.N. o la parte reclamante-, presentó un reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa en contra de la Subsecretaría de Transportes, fundado en que la información referida a antecedentes preparatorios de las normas jurídicas generales que afecten a empresas de menor tamaño se encuentra incompleta y desactualizada.

Además, hizo presente que en el enlace donde se publican dichos antecedentes figuran sólo 4 actuaciones en el período...

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