Decisión Nº C5712-20 de Consejo de Transparencia de 13/10/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 854942736

Decisión Nº C5712-20 de Consejo de Transparencia de 13/10/2020

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-14
Número de sentenciaC5712-20
Fecha13 Octubre 2020

DECISIÓN AMPARO ROL C5712-20

Entidad pública: Consejo para la Transparencia.

Requirente: Juan Pedro Sotomayor Rojas.

Ingreso Consejo: 12.09.2020.

En sesión ordinaria N° 1136 de su Consejo Directivo, celebrada el 13 de octubre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C5712-20.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 12 de septiembre de 2020, don Juan Pedro Sotomayor Rojas dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del Consejo para la Transparencia, fundado en la respuesta incompleta a su solicitud de información, mediante la cual, requirió lo siguiente: "1. Instructivo CPLT que señale la inclusión de la variable de extemporaneidad dentro de una Solicitud de Amparo generada o, mejor dicho, cual Instructivo CPLT regula la intervención de extemporaneidad en el trámite de acogida de un amparo (y, que no sea dicha intervención con ocasión de una decisión CPLT a posterior de iniciada evacuación de traslado y, pronunciamiento a las partes reclamante y reclamada, respectivamente). 2. Oficio CPLT que informe al Ministerio Publico sobre el asunto que trata el Oficio 252/2020 del CPLT.". En particular, indicó lo siguiente: "Favor, aclarar si ha obrado en favor del pto.2 de la SAI, punto que no tiene justificación en los párrafos 4 y 5 de la pag2 del Oficio E15033 del CPLT a la luz de los Art32, 33 letras c), e) y k), 34 y Noveno Transitorio de la Ley".

2) Que, en virtud del análisis de admisibilidad del presente amparo, se advirtió que no era clara la infracción...

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