Decisión Nº C5659-20 de Consejo de Transparencia de 29/12/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 868761172

Decisión Nº C5659-20 de Consejo de Transparencia de 29/12/2020

JuezBernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33
Fecha29 Diciembre 2020
Número de sentenciaC5659-20

DECISIÓN AMPARO ROL C5659-20

Entidad pública: Municipalidad de Quinta de Tilcoco

Requirente: Roberto Iván Vargas Muñoz

Ingreso Consejo: 09.09.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Quinta de Tilcoco, ordenando entregar al reclamante copia de los Libros de Remuneraciones de las áreas Municipal, Educación y Salud, del año 2019 a julio 2020.

Lo anterior, toda vez que función pública, debe ejercerse con probidad y transparencia, favoreciendo el interés general por sobre los intereses particulares, lo que conlleva el cumplimiento de una obligación, elevada a rango constitucional, de transparentar las actuaciones de los funcionarios de los órganos de la Administración del Estado ante la ciudadanía, por el solo hecho de ser funcionarios públicos al servicio de la misma.

La información deberá ser proporcionada previa reserva o censura de toda aquella información relativa a la singularización de la AFP y sistema de salud al que se encuentren afiliados los funcionarios, como también aquella relativa a los descuentos de carácter personal (créditos de consumo, ahorros voluntarios, pago de cuentas, entre otros) que allí conste. Asimismo, deberá tarjar todos aquellos datos personales de contexto, tales como, RUT, domicilio particular, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular, entre otros.

En sesión ordinaria N° 1143 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de diciembre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C5659-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 30 de julio de 2020, don Roberto Iván Vargas Muñoz solicitó a la Municipalidad de Quinta de Tilcoco: "los Libros de Remuneraciones Área municipal, Educación y Salud (año 2019 a Julio 2020), en formato Excel, que contemple todos los haberes de cada funcionario, y si corresponde los descuentos que integran las planillas".

2) RESPUESTA: El 27 de agosto de 2020, mediante Ord. N° 465, la Municipalidad de Quinta de Tilcoco respondió a dicho requerimiento de información indicando que dicha información se puede encontrar en el enlace de Transparencia Activa que indica.

3) AMPARO: El 9 de septiembre de 2020, el solicitante dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que el link indicado no dirige a la dirección correcta. Agrega que la información que registran en transparencia activa no detalla todos...

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