Decisión Nº C5522-18 de Consejo de Transparencia de 24/01/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 777283037

Decisión Nº C5522-18 de Consejo de Transparencia de 24/01/2019

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC5522-18
Fecha24 Enero 2019
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-7 LETRA G

DECISIÓN RECLAMO ROL C5522-18

Entidad pública: Municipalidad de Yumbel.

Requirente: Rodrigo Duarte Lagos.

Ingreso Consejo: 12.11.2018.

RESUMEN

Se acoge el reclamo por infracción a las normas de transparencia activa deducido en contra de la Municipalidad de Yumbel, por cuanto se verifica la infracción denunciada por el reclamante, toda vez que al 19 de diciembre de 2018, el órgano reclamado no mantenía a disposición permanente del público, de forma completa y actualizada la información relativa a sus actos y resoluciones con efecto sobre terceros, específicamente, en lo que se refiere a información sobre los llamados a concursos públicos efectuados entre los años 2009 a 2015.

Lo anterior, sin perjuicio de los avances que se hayan logrado en el tiempo intermedio entre el reclamo y esta decisión.

En sesión ordinaria N° 961 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de enero de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa, rol C5522-18.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia, y la Instrucción General N° 11, de este Consejo, sobre Transparencia Activa.

TENIENDO PRESENTE:

1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 12 de noviembre de 2018, don Rodrigo Duarte Lagos presentó un reclamo por infracción...

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