Decisión Nº C551-22 de Consejo de Transparencia de 05/04/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 903025529

Decisión Nº C551-22 de Consejo de Transparencia de 05/04/2022

JuezBernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Número de sentenciaC551-22
Fecha05 Abril 2022
Normativa aplicadaLey 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada

DECISIÓN AMPARO ROL C551-22

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de Antofagasta

Requirente: Brenda Cruz Ramos

Ingreso Consejo: 24.01.2022

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Región de Antofagasta, requiriendo entregue acceso a "copia de la servidumbre de tránsito a favor de la ruta internacional CH-23 entre los Km 107.600 al Km108.000, y la copia de plano del mismo. Lo anterior con el fin de verificar que dicha servidumbre no afecta al dominio de lote N° 40 ubicado en Ayllu de Solor, comuna de San Pedro de Atacama, la cual somos propietarias", tarjando todo dato personal de contexto que pueda contener.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, no consta su remisión, así como tampoco se alegó la concurrencia de alguna circunstancia de hecho o causal de reserva que justifique su denegación.

No obstante, en el evento que la información reclamada no obre en poder del organismo, deberá señalar en sede de cumplimiento dicha circunstancia, conforme lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Instrucción General N° 10, de esta Corporación.

En sesión ordinaria N° 1267 del Consejo Directivo, celebrada el 05 de abril de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C551-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e...

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