Decisión Nº C537-23 de Consejo de Transparencia de 28-07-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945485757

Decisión Nº C537-23 de Consejo de Transparencia de 28-07-2023

Fecha28 Julio 2023
Número de sentencia C537-23
Morandé 360 piso 7. Santiago, Chile | Teléfono: 56-2 495 21 00
www.consejotransparencia.cl - oficinadepartes@consejotransparencia.cl
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Unidad de Análisis de Fondo C537-23
DECISIÓN AMPARO ROL C537-23
Entidad pública: Subsecretaría de
Salud Pública
Requirente: Mauricio Moraga
Fajardo
Ingreso Consejo: 16.01.2023
RESUMEN
Se acoge el amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública, ordenando la entrega, respecto
de todas las presentaciones que se han realizado al DAC, de los siguientes datos: Fecha
presentación del caso al DAC; Diagnóstico; Médico Tratante; Droga Solicitada; Droga
Aprobada; Meses de Tratamiento; Tipo de Caso (Nuevo o Continuación de Tratamiento);
Fecha Respuesta Caso; Resolución (Aprobación o Rechazo); Motivo Rechazo; por cada caso
que se presentó (no indicando ningún dato personal del paciente, como por ejemplo nombre
ni RUT del paciente) desde diciembre de 2021 a octubre de 2022, en formato Excel.
Lo anterior, por cuanto lo requerido constituye información de naturaleza estadística, no
vinculable a pacientes particulares, no detentando la potencialidad de afectar derechos de
terceros.
Respecto de la identidad de los médicos tratantes, atendido el carácter eminentemente
público relativo al procedimiento de tratamiento y suministro de Drogas Oncológicas de
Alto Costo (DAC), que requiere una resolución aprobatoria de la solicitud DAC, y
constituyendo el dato solicitado un antecedente de ésta, no se aprecia por parte de este
Consejo afectación respecto de su identidad.
En sesión ordinaria Nº 1372 del Consejo Directivo, celebrada el 20 de julio de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C537-23.
VISTO:

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