Decisión Nº C5269-21 de Consejo de Transparencia de 29/07/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 875985903

Decisión Nº C5269-21 de Consejo de Transparencia de 29/07/2021

JuezBernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC5269-21
Fecha29 Julio 2021
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-19 N°14,Ley de Transparencia ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C5269-21

Entidad pública: Superintendencia de Salud.

Requirente: Karen Zahradnik Ladevig.

Ingreso Consejo: 12.07.2021.

En sesión ordinaria N° 1202 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de julio de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C5269-21.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 15 de septiembre de 2020, doña Karen Zahradnik Ladevig ingresó un reclamo ante la Superintendencia de Salud, a través del cual denuncia que la Isapre que indica no reconoce la ley de urgencia respecto de la hospitalización que indica, por lo que requiere que pague a la clínica según ley de urgencia, junto con cobrarle según su plan y otorgue crédito.

2) Que, con fecha 12 de julio de 2021, doña Karen Zahradnik Ladevig, dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Superintendencia de Salud, fundado en que no recibió respuesta a su reclamación. Agrega "se pide que Isapre cobre según plan preferente, con ley de urgencia y desafiliación por pagos incompletos que quisimos completar sin éxito. Realmente necesitamos recuperar nuestra cobertura de salud y cobro de cuenta en UCI según plan preferente vigente en el tiempo del evento".

Y CONSIDERANDO:

1) Que, a fin de resolver la admisibilidad del amparo en la especie, primeramente es necesario determinar si éste cumplió con los requisitos legales, en particular, si los hechos denunciados constituyen una infracción a la Ley de Transparencia.

2) Que, es preciso señalar que el artículo 10 de la Ley de...

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