Decisión Nº C514-21 de Consejo de Transparencia de 06/04/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 868526463

Decisión Nº C514-21 de Consejo de Transparencia de 06/04/2021

JuezGloria de la Fuente González (Ausente),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC514-21
Fecha06 Abril 2021
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-11

DECISIÓN AMPARO ROL C514-21

Entidad pública: Subsecretaría de Derechos Humanos

Requirente: José Ignacio Vásquez Muñoz

Ingreso Consejo: 25.01.2021

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Derechos Humanos, relativa a la entrega del contenido de las actas emanadas de las reuniones de la "Mesa de Trabajo Monumento Histórico Sitio de Memoria Centro de Detención denominado "Venda Sexy- Discotheque".

Lo anterior, debido a que la entrega de dicha información podría afectar el debido cumplimiento de las funciones del órgano reclamado, y de los demás órganos públicos involucrados. En efecto, divulgar información de naturaleza preliminar, a juicio de esta Corporación supone inmiscuirse en el ámbito de decisión del organismo en forma previa a la adopción de las medidas que adopte sobre la materia, afectando con ello el privilegio deliberativo que en tal sentido ha consagrado el legislador en el artículo 21 N° 1, letra b) de la Ley de Transparencia.

Asimismo, por cuanto de conocerse el contenido de las actas, y, eventualmente difundirse, podría perjudicar el resultado de las acciones y/o negociaciones que se determine seguir respecto del inmueble en cuestión. Por tanto, se trata de antecedentes que de divulgarse tienen una entidad suficiente para producir una afectación presente o probable y con suficiente especificidad al debido funcionamiento de los organismos involucrados en esta Mesa de Trabajo.

Aplica criterio decisiones de amparos roles C12-09, C79-09 y C3014-15, entre otras.

Sin perjuicio a lo resuelto, se recomienda entregar al solicitante copia de la documentación requerida una vez que los acuerdos de la Mesa de Trabajo en cuestión se hayan implementado; ello, en virtud de los principios de máxima divulgación y facilitación consagrados en la Ley de Transparencia.

En sesión ordinaria N° 1170 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de abril de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C514-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 06 de diciembre de 2020, don José Ignacio Vásquez Muñoz solicitó a la Subsecretaría de Derechos Humanos la siguiente información:

"(...) Acceso a los siguientes oficios ordinarios y además entregar las actas de la Reunión por Sitio de Memoria Venda Sexy, del cual emerge una Mesa de Trabajo coordinada por el Jefe de Gabinete de este organismo. Esta mesa de trabajo ha sesionado en tres oportunidades, entregar las actas y registros de asistencia por favor, muchas gracias de antemano.

También solicito informar sobre la recepción del oficio municipal que correspondía a la Ilustre Municipalidad de Macul sobre la actualización del Plan Regulador Comunal y rectificar la información correspondiente".

2) RESPUESTA: El 05 de enero de 2021, la Subsecretaría de Derechos Humanos respondió a dicho requerimiento de información, mediante Ordinario N° 06, de esa fecha, señalando, en síntesis, lo siguiente:

Que, mediante ORD. N° 0218, de 17 de enero de 2020, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, se solicitó a esta Subsecretaria colaboración para la coordinación de una Mesa de trabajo lnterinstitucional para evaluar alternativas de adquisición por el Fisco, del Monumento Histórico Sitio de Memoria Centro de Detención denominado Venda Sexy Discoteque. Desde la Subsecretaría se acoge dicha solicitud a través del ORD. N° 147, del 25 de febrero de 2020, cuyos ordinarios se remiten al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR