Decisión Nº C5047-20 de Consejo de Transparencia de 29/12/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 861918397

Decisión Nº C5047-20 de Consejo de Transparencia de 29/12/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-8 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-21 N°2,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-21
Fecha29 Diciembre 2020
Número de sentenciaC5047-20

DECISIÓN AMPARO ROL C5047-20

Entidad pública: Fuerza Aérea de Chile

Requirente: Mauricio Palma Zárate Zárate

Ingreso Consejo: 19.08.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Fuerza Aérea de Chile (FACH), ordenando la entrega de la hoja de vida del exfuncionario que consulta.

Lo anterior, por cuanto la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, lo que conlleva el cumplimiento de una obligación elevada a rango constitucional, de transparentar las actuaciones de los funcionarios de los órganos de la Administración del Estado ante la ciudadanía. Aplica criterio contenidos en las decisiones de amparos rol C2010-17, C2089-17, C3046- 17 y C3047-17, C3244-17, C1241-18, C1366-18, C174-19, C595-19, C2015-19 y C2290-19, entre otras.

En dicho contexto, se trata de información que obra en poder de la institución, respecto de la cual no se acreditó que su divulgación produzca una afectación a los derechos de las personas, atendida la ponderación en concreto de la información reclamada.

Previo a la entrega, deberán tarjarse aquellos datos personales y sensibles de contexto contenidos en las información que se ordena proporcionar, que en nada se relacionan con el cumplimiento de la función pública desempeñada, tales como el número de cédula de identidad, domicilio particular, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular, fotografía, peso y altura, como también los referidos a las patologías médicas que afectaron o pudieron haber afectado al funcionario. Asimismo, se deberán tarjar las sanciones efectivamente prescritas o cumplidas. Lo anterior conforme lo dispone la Ley Sobre Protección de la Vida Privada y Ley de Transparencia.

En sesión ordinaria N° 1143 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de diciembre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C5047-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 21 de julio de 2020, don Mauricio Palma Zárate Zárate solicitó a la Fuerza Aérea de Chile la Hoja de Vida Institucional del General (R) don Vicente Rodríguez Bustos, quien ingresó a la institución el año 1948.

2) TRASLADO Y OPOSICIÓN: Mediante Oficio EMGFA (OTAIP) "P" N° 1626/GAV V.R.B, de 29 de julio de 20, conforme al artículo 20 de la Ley de Transparencia, el organismo comunicó al General (R) en comento, su derecho a oponerse a la entrega de la información pedida.

Al efecto, mediante correo electrónico de fecha 30 de julio, doña Paula Verónica Rodríguez Cortes, en su calidad de curadora del General de Aviación consultado, adjuntó carta de oposición a la entrega de la información. Argumenta que el General (R) don Vicente Rodríguez Bustos, de 89 años, se encuentra diagnosticado y padeciendo una serie de enfermedades que indica, las que requieren evitar cualquier tipo de incidente que le pueda generar sentirse amenazado psicológicamente. Adjunta copia de declaración de interdicción.

3) RESPUESTA: El 18 de agosto de 2020, mediante Oficio EMGFA (OTAIP) "P" N° 1783, la Fuerza Aérea de Chile respondió a dicho requerimiento de información indicando, en resumen, que mantiene en custodia las hojas de vida del General (R), sólo de los 5 últimos períodos de calificación, esto es, de 1972 a 1977. Adiciona que, al haber ascendido a general el año 1978, no registra hoja de...

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