Decisión Nº C4987-20 de Consejo de Transparencia de 13/10/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 852387680

Decisión Nº C4987-20 de Consejo de Transparencia de 13/10/2020

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC4987-20
Fecha13 Octubre 2020
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-5,Ley de Transparencia ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C4987-20

Entidad pública: Corporación Municipal de Macul

Requirente: Robert Díaz de Block

Ingreso Consejo: 17.08.2020

RESUMEN

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Corporación Municipal de Macul, referido a la entrega de informes de auditorías que se indica.

Lo anterior, por cuanto la información solicitada no obra en poder de la reclamada, tras haberse informado la inexistencia de la información consultada; no disponiendo este Consejo de antecedentes que permitan desvirtuar lo expresado por la reclamada, en cuanto a la inexistencia de lo solicitado.

En sesión ordinaria N° 1136 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de octubre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4987-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 2 de julio de 2020, don Robert Díaz de Block solicitó a la Corporación Municipal de Macul la siguiente información: «En relación al acuerdo N° 10 de diciembre de 2016, en el Concejo N° 2, donde se aprueba realizar auditoría financiera externa para el Municipio y la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul, requirió:

1.1) Saber si se realizó la Auditoría a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul que se solicitó en el año 2016, con el Acuerdo N° 10/2016;

1.2) En caso de haberse realizado, solicito copia de este Informe, año 2016;

1.3) Saber cuál es la Empresa responsable que lo realizó;

1.4) Me imagino que de haberse realizado la...

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