Decisión Nº C4982-18 de Consejo de Transparencia de 19/03/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 788831925

Decisión Nº C4982-18 de Consejo de Transparencia de 19/03/2019

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Inhabilitación),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Número de sentenciaC4982-18
Fecha19 Marzo 2019
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33

DECISIÓN RECLAMO ROL C4982-18

Entidad pública: Televisión Nacional de Chile (TVN).

Requirente: Javier Morales.

Ingreso Consejo: 16.10.2018.

RESUMEN

Se acoge el reclamo por infracción a las normas de transparencia activa deducido en contra de Televisión Nacional de Chile (TVN), ordenándose la publicación en el banner respectivo, de la siguiente información:

i. Los cargos de los Directores en el ítem referente a sus remuneraciones.

ii. Los nombres del Director Ejecutivo, Director de Programación, Director de Prensa y del Gerente General en la sección relativa a las remuneraciones anuales.

iii. La remuneración actualizada de los siguientes Gerentes: Gerente Contralor, Gerente de Administración y Finanzas, Gerente Comercial, Gerente de Asuntos Legales, Gerente de Personas, Gerente de Producción, Gerente de Marketing, Gerente Técnico y Gerente de Nuevos Negocios.

La Consejera doña Gloria de la Fuente González se abstuvo de intervenir y votar en el presente caso.

En sesión ordinaria N° 976 del Consejo Directivo, celebrada el 19 de marzo de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C4982-18.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El 16 de octubre de 2018, se presentó un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa en contra de Televisión Nacional de Chile (TVN), fundado en que la información relativa al personal y sus remuneraciones se encontraba incompleta.

2) CERTIFICACIÓN DE LA PÁGINA WEB: El 22 de noviembre de 2018, la Dirección de Fiscalización del Consejo para la Transparencia, revisó íntegramente la información de transparencia activa en el banner del organismo reclamado, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de la Instrucción General N° 11 que este Consejo ha impartido sobre la materia.

Dicho proceso concluyó en un informe que reveló que los niveles de cumplimiento de las normas aludidas corresponden en general a un 84,58%.

En relación al ítem reclamado, se indicó en síntesis, lo siguiente:

a) Remuneración de los Directores: No se publica una columna que contenga información del cargo en la sección remuneraciones dirección. A modo de ejemplo, respecto de doña Consuelo Saveedra, no se indica que forma parte del directorio como representante de los trabajadores. Según el numeral 1.7 de la Instrucción General N°5, se debe indicar el cargo de los Directores.

b) Remuneración del Presidente Ejecutivo o Vicepresidente Ejecutivo: No se informa el nombre del Director Ejecutivo de la empresa en la sección remuneraciones dirección. Según el numeral 1.7 de la Instrucción General N°5, para informar la remuneración u honorarios de las personas indicadas, se deberá consignar, en una plantilla, el cargo de la persona, su nombre y el monto total, bruto y líquido de su remuneración.

c) Remuneración de Gerentes Responsables de la dirección y administración superior de la empresa: No se informa el nombre del Director de Programación, del Director de Prensa y del Gerente General de la empresa, en la sección remuneraciones dirección. Debe informar el nombre de los gerentes responsables de la dirección y administración superior e la empresa en la sección de remuneraciones Dirección. Según el numeral 1.7 de la Instrucción General N°5, para informar la remuneración u honorarios de las personas indicadas, se deberá consignar, en una plantilla, el cargo de la persona, su nombre y el monto total, bruto y líquido de su remuneración.

3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación el presente reclamo, notificando del mismo al Sr. Director Ejecutivo de Televisión Nacional de Chile (TVN), mediante oficio N° E9981, de 30 de noviembre de 2018.

Posteriormente, por medio de documento de 18 de diciembre de 2018, la empresa en síntesis, señaló lo siguiente:

a) Con fecha 23 de diciembre de 2009, el Consejo para la Transparencia dictó la resolución 0167 que determinó los cargos ejecutivos de TVN que debían ser considerados como parte de la administración superior de la empresa de conformidad con la letra h) del referido artículo décimo.

Dicha resolución señala que tienen tal carácter, además del Director Ejecutivo y los integrantes del Directorio de la empresa, los siguientes directivos:

i. El Director de Programación.

ii. El Director de Prensa.

iii. El Director de Gestión (actual Gerencia General).

iv. El Director de Estrategia y Nuevos Negocios (cargo que ya no existe en la estructura corporativa de TVN).

Estos cargos son aquellos que, dependiendo directamente del Director Ejecutivo, y de conformidad con los reglamentos dictados por el Directorio de la empresa, requieren de aprobación del Directorio para su designación y remoción, de conformidad con el artículo 13 número 2 de la Ley N°19.132 de TVN.

b) Respecto del Informe de Fiscalización del Consejo, se refiere en resumen, lo siguiente:

i. Se procederá a incluir el cargo específico de cada una de ellos, en las nomenclaturas: Presidente del Directorio, Vicepresidente del Directorio, Director y Representante de los Trabajadores en el Directorio.

ii. Se procederá a indicar el nombre completo del Director Ejecutivo en ejercicio.

iii. Se procederá a señalar los nombres de la Directora de Prensa y de...

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