Decisión Nº C4812-20 de Consejo de Transparencia de 20/08/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 849578026

Decisión Nº C4812-20 de Consejo de Transparencia de 20/08/2020

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime)
Fecha20 Agosto 2020
Número de sentenciaC4812-20
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-13,Ley de Transparencia ART-24

DECISIÓN AMPARO ROL C4812-20

Entidad pública: Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación.

Requirente: Cecilia Tirado Soto.

Ingreso Consejo: 11.08.2020.

En sesión ordinaria N° 1124 de su Consejo Directivo, celebrada el 20 de agosto de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C4812-20.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 24 de junio de 2020, doña Cecilia Tirado Soto ingresó una solicitud de información ante la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación, mediante la cual, requirió saber cómo se hizo el cálculo de la jubilación de la persona que se indica. En específico, señaló: "Solicito información respecto de doña (...), quién se jubiló en esa Universidad y necesita saber cómo se hizo el cálculo de su jubilación, pues al parecer hubo un error en el cálculo y estaría percibiendo una suma menor a la que le correspondería. Doña (...) inició su labor académica en la Universidad de Chile, pero luego se jubiló en la UMCE. Se adjuntan antecedentes solicitados por la Universidad de Chile solicitados por este medio".

2) Que, con fecha el 11 de agosto de 2020, la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación informó que la persona individualizada tuvo un nombramiento como Académico Asociado a la Universidad, jornada de 44 horas en el Depto. de Educación Diferencial, el cual cesó el pasado 31 de diciembre de 1991. Respecto al cálculo de su jubilación, se precisa que la Universidad no interviene en su determinación, dado que eso es materia exclusiva de la...

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