Decisión Nº C4756-22 de Consejo de Transparencia de 27/09/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 913472705

Decisión Nº C4756-22 de Consejo de Transparencia de 27/09/2022

Número de sentenciaC4756-22
Fecha27 Septiembre 2022

DECISIÓN AMPARO ROL C4756-22

Entidad pública: Dirección General de Aeronáutica Civil

Requirente: Luz María Ramírez Chamorro

Ingreso Consejo: 03.06.2022

RESUMEN

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Dirección General de Aeronáutica Civil, referente a la entrega de copia de documento que acredita la Autorización de FAA de USA para que las aeronaves LSA marca Pipistrel sean utilizadas en Instrucción Civil para Piloto Privado y Piloto Comercial.

Lo anterior, debido a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no obra en su poder información distinta y adicional a la ya entregada.

En sesión ordinaria N° 1309 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de septiembre de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4756-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 6 de mayo de 2022, doña Luz María Ramírez Chamorro solicitó a la Dirección General de Aeronáutica Civil lo siguiente: "(...) copia de documento que acredita la Autorización de FFAA de USA para que las aeronaves LSA marca Pipistrel sean utilizadas en Instrucción Civil para Piloto Privado y Piloto Comercial".

2) RESPUESTA: Mediante comunicación electrónica, de fecha 23 de mayo de 2022, la Dirección General de Aeronáutica Civil respondió a dicho requerimiento de información, en los siguientes términos.

Hizo presente que, "en la regla de la Federal AviaBon AdministraBon 14 CFR Part 91/91.327 letra (a) N° (2) se aprecia que las aeronaves de categoría LSA están autorizadas para efectuar instrucción en los EE.UU. Adicionalmente, en la regla FAA Part 141/141.39 se establece que las escuelas de vuelo para obtener su certificado como tales, deben mostrar que los aviones disponibles para la instrucción poseen un certificado de aeronavegabilidad, en los cuales se incluye el certificado de categoría LSA. Del mismo modo, en la parte 141.11, se aprecia que una escuela certificado y con aviones con certificado de aeronavegabilidad, incluyendo la categoría LSA, pueden desarrollar cursos de piloto privado y comercial, entre otros".

3) AMPARO: El 3 de junio de 2022, doña Luz María Ramírez Chamorro dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la respuesta proporcionada sería parcial.

Señaló que, "Mi solicitud es el envío del documento que acredita la Autorización de FAA de USA para que las aeronaves LSA marca Pipistrel sean utilizadas en Instrucción Civil para Piloto Privado y Piloto Comercial, documento cuya existencia me informó el señor (...), Director de Seguridad Operacional de la Dirección General de Aeronáutica Civil en Audiencia AD020AW1107718 realizada el 2 de mayo de 2022 a través de Ley del Lobby, en virtud de respaldar el permiso otorgado por la DGAC a la empresa Aeroinnova Spa, para la utilización a aeronaves LSA (aeronaves deportivas livianas) marca Pipistrel para Instrucción de sus alumnos pilotos. Al recibir la respuesta a través de la Ley de Transparencia, pude constatar que lo informado corresponde a mencionar algunos artículos de la regla de la Federal Aviation Administration 14 CFR, sin embargo, no adjuntan el documento aludido y en ninguna parte de lo expuesto acredita que la FAA de USA autoriza a las aeronaves LSA marca Pipistrel para que sean utilizadas en Instrucción Civil para Piloto Privado y Piloto Comercial. Agradeceré acoger el amparo presentado, en virtud de la naturaleza pública de los antecedentes requeridos; y, teniendo en consideración la importancia que la divulgación de lo requerido reviste para un adecuado control social sobre la materia consultada".

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación este amparo, confiriendo traslado al Sr. Director General de Aeronáutica Civil, mediante Oficio N° E13668, de fecha 22 de julio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR