Decisión Nº C4727-21 de Consejo de Transparencia de 28/09/2021
Juez | Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Ausente),Natalia González Bañados (Unánime) |
Número de sentencia | C4727-21 |
Fecha | 28 Septiembre 2021 |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-21 N° 2 |
DECISIÓN AMPARO ROL C4727-21
Entidad pública: Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta
Requirente: Mario Varas Castillo
Ingreso Consejo: 24.06.2021
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, relativo a la entrega de actas y demás antecedentes -incluyendo el listado de socios pertenecientes a SGS Chile- en relación con la elección de delegados sindicales efectuadas en los últimos 5 años por el sindicato Interempresa que se indica.
Lo anterior, por cuanto los antecedentes solicitados son de exclusivo interés de la organización de trabajadores y sus afiliados, toda vez que tiene que ver con procesos eleccionarios y otros de naturaleza interna cuya fiscalización corresponde exclusivamente a la Dirección del Trabajo.
Lo anterior, en aplicación de lo razonado por este Consejo en las decisiones de ampaos Roles C492-11, C1337-16, C857-17, C6419-19, C3033-19, C6915-20 y C2995-21.
En sesión ordinaria N° 1218 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de septiembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4727-21.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: El 27 de mayo de 2021, don Daniel Concha Salgado -en su calidad de Jefe de Zona Norte RRLL SGS Chile Ltda.- solicitó a la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta -en adelante e indistintamente Inspección o IT-, "remitir a este empleador las actas y demás antecedentes que obren en su poder respecto de la elección de delegados sindicales efectuadas en los 5 últimos años por el Sindicato Interempresa de Obreros Metalúrgicos, RSU 02.01.848, y por medio de las cuales han resultado electos las siguientes personas:...".
2) RESPUESTA: Por medio de Ordinario N° 499, de fecha 14 de junio de 2021, la Inspección respondió el requerimiento y señaló que, en virtud de lo señalado en la Ley de Transparencia, en la especie, le asiste el derecho de no proceder a la entrega de la información pedida, por ser de aquellas de carácter reservado.
3) AMPARO: El 24 de junio de 2021, don Mario Varas Castillo, en representación de S.G.S. Chile Limitada Sociedad de Control, -según consta en mandato adjuntado al efecto-...
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