Decisión Nº C4712-23 de Consejo de Transparencia de 11-08-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 946209210

Decisión Nº C4712-23 de Consejo de Transparencia de 11-08-2023

Fecha11 Agosto 2023
Número de sentencia C4712-23
Morandé 360 piso 7. Santiago, Chile | Teléfono: 56-2 495 21 00
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Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC
DECISIÓN AMPARO ROL C4712-23
Entidad pública: Municipalidad de
Tiltil.
Requirente: Jeanette Arancibia
Gómez.
Ingreso Consejo: 08.05.2023.
En sesión ordinaria Nº 1377 del Consejo Directivo, celebrada el 3 de agosto de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en
adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la
solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C4712-23.
VISTO:
Los artículos 5º, inc. 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-
19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el
Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los
Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, atendido el amparo deducido por doña Jeanette Arancibia Gómez en contra de la
Municipalidad de Tiltil, fundado en la respuesta incompleta otorgada a su
requerimiento, mediante la cual requirió información relativa a juntas de vecinos,
uniones comunales y organizaciones comunitarias, además de antecedentes
relacionados con el Fondo de Desarrollo Vecinal; dicho organismo al ser notificado por
este Consejo de la presente reclamación entregó una respuesta complementaria al
requerimiento formulado.

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