Decisión Nº C469-23 de Consejo de Transparencia de 24-04-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945482915

Decisión Nº C469-23 de Consejo de Transparencia de 24-04-2023

Fecha24 Abril 2023
Número de sentencia C469-23
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Unidad de Análisis de Fondo C469-23
DECISIÓN AMPARO ROL C469-23
Entidad pública: Secretaría
Regional Ministerial de las
Culturas las Artes y el Patrimonio
Región de Coquimbo
Requirente: Yuri Gahona Muñoz
Ingreso Consejo: 13.01.2023
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Secretaría Regional Ministerial de las
Culturas las Artes y el Patrimonio, relativo a la entrega de información sobre convenio que
se indica.
Lo anterior, por cuanto en su respuesta y con ocasión de sus descargos, el órgano explicó
sobre la inexistencia de lo pedido, y remitió certificados de búsqueda negativa, no
constando este Consejo con antecedentes suficientes que permitan desvirtuar lo aclarado
por el órgano.
En sesión ordinaria Nº 1353 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de abril de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C469-23.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley
Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional sobre
bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos Nº 13, de 2009 y
Nº 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban,

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