Decisión Nº C4620-18 de Consejo de Transparencia de 28/02/2019
Juez | Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Ausente), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime) |
Número de sentencia | C4620-18 |
Fecha | 28 Febrero 2019 |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-33 LETRA J |
DECISIÓN AMPARO ROL C4620-18
Entidad pública: Instituto de Seguridad Laboral
Requirente: Luis Maúlen González
Ingreso Consejo: 28.09.2018
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra del Instituto de Seguridad Laboral, ordenándole la entrega del análisis e informe de evaluación de puesto de trabajo del solicitante.
No obstante lo anterior, en forma previa a su entrega, deberá tarjar previamente la identidad de los testigos que constan en dicha documentación como todo otro dato que permita identificarlos.
Aplica criterio contenido en las decisiones de amparos Roles C1013-13, C2782-15, C4290-16 y C2146-18, entre otros.
En sesión ordinaria N° 970 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de febrero de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol N°C4620-18.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: El 27 de agosto de 2018, don Luis Maúlen González solicitó al Instituto de Seguridad Laboral -en adelante e indistintamente Instituto o ISL -, toda la documentación referida a pronunciamiento del ISL sobre calificación del origen de accidente y enfermedad profesional que lo afectaría.- En particular, «... evaluación de puesto de trabajo, evaluación y ficha médica, historia ocupacional, denuncia individual de...
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