Decisión Nº C4611-20 de Consejo de Transparencia de 13/10/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 852387691

Decisión Nº C4611-20 de Consejo de Transparencia de 13/10/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Fecha13 Octubre 2020
Número de sentenciaC4611-20
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24

DECISIÓN AMPARO ROL C4611-20

Entidad pública: Corporación Municipal de Pirque

Requirente: Marcelo Díaz Muñoz

Ingreso Consejo: 04.08.2020

RESUMEN

Se tiene por atendida la solicitud formulada a la Corporación Municipal de Pirque, tras hacer efectivo el apercibimiento consistente en que transcurrido el plazo señalado, sin que se haya recibido comunicación alguna de parte del reclamante, se entenderá que se encuentra conforme con los antecedentes puestos a disposición por el organismo, referido a la entrega de diversos antecedentes laborales, tales como, contratos a honorarios, informes de gestión, información referida a un concurso público y sus bases, y convenio adjudicado por el órgano reclamado.

En sesión ordinaria N° 1136 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de octubre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4611-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 2 de julio de 2020, don Marcelo Díaz Muñoz solicitó a la Corporación Municipal de Pirque la siguiente información:

1.1) «Todos los contratos a honorarios correspondientes al ex funcionario de COSAM Pirque que indica. Desde el inicio de sus funciones, hasta la fecha de su desvinculación. Tanto en el Programa de adicciones adultos, como en su rol como Coordinador del Programa Ley OH. (con las respectivas firmas, tanto del funcionario, como de su jefatura);

1.2) Todos los informes de gestión emitidos por el ex funcionario de COSAM Pirque que indica. Desde el inicio de sus funciones, hasta su desvinculación. Tanto en su rol en el Programa adicciones adultos, como en su rol de Coordinador del Programa Ley OH (con las respectivas firmas de su jefatura);

1.3) Información referente al concurso público y bases del mismo, correspondiente a la contratación del ex funcionario de COSAM Pirque que indica, en el Programa de Adicciones Adultos (22 hrs) y Coordinador del Programa Ley OH (22 hrs). (con las respectivas firmas de la corporación de salud y educación, como de su jefatura);

1.4) Decretos o resoluciones correspondientes al monto de pago por el convenio de Ley OH, referido desde el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente (SSMSO), del ex funcionario que indica (con las respectivas firmas...

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