Decisión Nº C4575-18 de Consejo de Transparencia de 28/03/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 788831889

Decisión Nº C4575-18 de Consejo de Transparencia de 28/03/2019

JuezMarcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Ausente),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Fecha28 Marzo 2019
Número de sentenciaC4575-18

DECISIÓN AMPARO ROL C4575-18

Entidad pública: Servicio de Impuestos Internos (SII).

Requirente: DGAC SpA.

Ingreso Consejo: 26.09.2018.

RESUMEN

Se tiene por entregada la información solicitada al Servicio de Impuestos Internos, tras hacer efectivo el apercibimiento consistente en que transcurrido el plazo señalado, sin que se recibiere comunicación alguna de parte del reclamante, se entenderá que se encuentra conforme con los antecedentes entregados por el órgano reclamado con ocasión de sus descargos, relativa a las definiciones consultadas.

En sesión ordinaria N° 979 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de marzo de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C4575-18.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 6 de agosto de 2018, don Gonzalo Zapata Rosso en representación de DGAC SpA solicitó al Servicio de Impuestos Internos (en adelante e indistintamente el SII): "copia de la información técnica y los antecedentes con los que cuenta el SII, para determinar algunas "definiciones" de los atributos que componen la característica N° 11 titulada "recintos de la edificación: se consideran recintos diseñados para la función que se establece, que se encuentren al interior o exterior de la edificación" y la N° 12 titulada...

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