Decisión Nº C4487-20 de Consejo de Transparencia de 06/10/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 852124887

Decisión Nº C4487-20 de Consejo de Transparencia de 06/10/2020

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-15
Fecha06 Octubre 2020
Número de sentenciaC4487-20

DECISIÓN AMPARO ROL C4487-20

Entidad pública: Municipalidad de Queilén

Requirente: Mauricio Omar Muñoz Pacheco

Ingreso Consejo: 30.07.2020

RESUMEN

Se acoge parcialmente el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Queilén, ordenando la entrega de copia de los siguientes documentos: i) Factibilidad eléctrica; ii) Certificado de recepción final de la obra; iii) TE 1. Emitido por Saesa; iv) Certificado de Alcantarillado; v) Documentos que respaldaron la entrega de la Patente Provisoria; vi) Contratos de Trabajo de empleados; y vii) Certificado de Cotizaciones de empleados.

Lo anterior, por cuanto, el hecho de que no se haya registrado aún la solicitud de recepción de la obra, no convierte a los antecedentes fundantes de la decisión, descritos en los números i) a iv), en secretos o reservados; por no ser posible tener por atendida la solicitud con la mera referencia al sitio web de Mercado Público, en el caso de los documentos del número v); y, por referirse los antecedentes de los numerales vi) y vii) a un criterio contemplado en la licitación pública, sujeto a acreditación, y que fue considerado al evaluar las ofertas.

Con todo, en el evento de no obrar en poder del órgano alguno de los antecedentes solicitados en los números vi) y vii), dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de acuerdo al punto 2.3, de la instrucción general N° 10.

Se ordena al órgano, previo a su entrega, tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos cuya entrega se ordena, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.

Se rechaza el amparo respecto de la información correspondiente a "Resolución sanitaria de recepción y funcionamiento", "Certificado de Agua Potable. Emitido por el APR de Queilen" y "Garantía de Fiel cumplimiento de contrato", por referirse los cuestionamientos efectuados por el reclamante al contenido de los documentos entregados, aspecto que escapa al ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

En sesión ordinaria N° 1134 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de octubre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4487-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de mayo de 2020, don Mauricio Omar Muñoz Pacheco solicitó a la Municipalidad de Queilén la siguiente información:

"Solicito se transparenten los documentos, más adelante detallados, que tienen directa relación con la adjudicación de la licitación ID 2994-21-LP19: "Convenio Suministro Materiales de Construcción, Ferretería, Artículos Electrónicos, Menaje e Insumos para vehículos y productos agropecuarios para la Ilustre Municipalidad de Queilen".

Puesto que la licitación antes mencionada fue adjudicada a un proveedor que al día de hoy aún no cuenta con un local habilitado y funcionando para tales efectos, y a quien se le otorgó Patente Comercial para poder participar de la licitación, solicito copias de los siguientes documentos:

1. De la Obra (Local Comercial):

- Permiso de Construcción.

- Certificado de Informes Previos.

- Factibilidad eléctrica y sanitaria.

- Certificado de Recepción Final de la Obra.

- TE 1. Emitido por Saesa.

- Resolución Sanitaria. Emitida por la Autoridad Sanitaria.

- Certificado de Alcantarillado. Emitido por la Municipalidad de Queilen, Departamento de Obras.

- Certificado de Agua Potable. Emitido por el APR Queilen.

- Comprobante de pago de Permiso de Construcción.

2. De la Patente Comercial:

- Documentos que respaldaron, en su momento, la entrega de "Patente Provisoria".

- Comprobante de pago de Patente Comercial 1er Semestre 2020.

3. Del Giro Comercial:

El punto 4 de las Bases Administrativas dice: "Podrán participar en la propuesta, personas naturales y/o jurídicas que tengan como giro comercial, actividades relacionadas con la materia de la propuesta...", en relación a esto, solicito:

- Iniciación de Actividades o Ampliación de Giro del Proveedor considerando los rubros correspondientes a la licitación en comento.

4. De la Licitación:

- Contratos de Trabajo de empleados.

- Certificado de Cotizaciones de empleados desde Enero de 2020 a la fecha.

- Garantía Fiel cumplimiento del Contrato".

2) PRÓRROGA DE PLAZO: Por Ordinario N° 0746, de fecha 26 de junio de 2020, el órgano notificó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en 10 días hábiles, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) RESPUESTA: El 13 de julio de 2020, la Municipalidad de Queilén respondió al requerimiento de información indicando que:

"1.-Dicha información se encuentra publicada en el portal de transparencia municipal ->Actos y resoluciones con efectos sobre terceros ->Permisos Dirección de Obras -> Municipalidad año 2020 -> Permisos de Obras -> Enero -> Permiso N° 16.

Se adjunta link: https://drive.google.com/file/d/16VZoSzUM6WV-h9UewQXINJdgcTgc_OKD/view?usp=sharing.

2.-En cuanto a los documentos que respaldaron la entrega de patentes estos se encuentran en la página de mercado público...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR