Decisión Nº C4478-21 de Consejo de Transparencia de 31/08/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 877529230

Decisión Nº C4478-21 de Consejo de Transparencia de 31/08/2021

JuezNatalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC4478-21
Fecha31 Agosto 2021
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C4478-21

Entidad pública: Carabineros de Chile

Requirente: Alexis Garrido Veliz.

Ingreso Consejo: 15.06.2021

RESUMEN

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de Carabineros de Chile, referido a la entrega de información sobre cantidad de Carabineros que han sido detenidos o formalizados por infracción al artículo 318 del código penal con el detalle que se indica.

Lo anterior, atendida la inexistencia de la información pedida, sin que se cuente con antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria. Por otra parte, la derivación al Ministerio Público se ajustó a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Transparencia, por tratarse de información que dice relación con el establecimiento de sanciones penales cuyo acceso debe ser concedido por el órgano persecutor respectivo.

En sesión ordinaria N° 1210 del Consejo Directivo, celebrada el 31 de agosto de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4478-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 26 de abril de 2021, don Alexis Garrido Veliz solicitó a la Subsecretaría del Interior lo siguiente: "solicito la cantidad de Carabineros que han sido detenidos o formalizados por infracción al artículo 318 del código penal en los últimos 12 meses (2020-2021) y en qué región del país en que se cometieron las infracciones y detenciones. Y el rango de los detenidos o formalizados. Observaciones: a cuántos de ellos la institución le ha realizado sumario administrativo."

2) DERIVACIÓN: La Subsecretaría del Interior, por medio del Ordinario N° 10.461, de fecha 13 de mayo de 2021, derivó la solicitud de acceso a Carabineros de Chile, por ser éste el organismo competente para...

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