Decisión Nº C4460-20 de Consejo de Transparencia de 27/10/2020
Juez | Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime) |
Normativa aplicada | Ley de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24 |
Fecha | 27 Octubre 2020 |
Número de sentencia | C4460-20 |
DECISIÓN AMPARO ROL C4460-20
Entidad pública: Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB)
Requirente: Iván Dragomir Igor Santos
Ingreso Consejo: 29.07.2020
RESUMEN
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, requiriendo la entrega de copia de las propuestas presentadas por la Corporación Educacional y de Promoción Juvenil Juan Diego de Guadalupe, en virtud de las cuales se suscribieron los convenios aprobados por las resoluciones exentas N° 62, N° 162 y N° 542, todas del año 2018; tarjando, previamente, todo dato personal de contexto que puedan contener. En el evento de que todo o parte de aquello no obre en su poder, deberá señalarlo expresa y fundadamente al reclamante y a este Consejo, en los términos dispuestos en el numeral 2.3 de la Instrucción General N° 10, de esta Corporación.
Lo anterior, por tratarse de información pública que debe obrar en poder del órgano reclamado, respecto de la cual no se ha acreditado suficientemente la inexistencia alegada.
En sesión ordinaria N° 1139 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de octubre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C4460-20.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 3 de junio de 2020, don Iván Dragomir Igor Santos solicitó a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas - en adelante también JUNAEB-, respecto de la Corporación Educacional y de Promoción Juvenil Juan Diego de Guadalupe, lo siguiente:
a) "De convenio suscrito entre JUNAEB y Corporación indicada, aprobado por Resolución N° 542 del 15 de Julio de 2018, en relación a programa recreo entretenido, requiero":
i. "Copia de propuesta presentada por la Corporación indicada, que incluya formulario con registro del personal que ejecutó actividades que incluía".
ii. "Copia de rendición de cuentas- gastos- presentada...
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