Decisión Nº C4349-22 de Consejo de Transparencia de 09/08/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 910245079

Decisión Nº C4349-22 de Consejo de Transparencia de 09/08/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33
Fecha09 Agosto 2022
Número de sentenciaC4349-22

DECISIÓN AMPARO ROL C4349-22

Entidad pública: Municipalidad de Llanquihue

Requirente: Carlos Bravo Oñate

Ingreso Consejo: 24.05.2022

RESUMEN

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Llanquihue, ordenado la entrega de la información referida al literal c) de la solicitud, en cuanto a los profesionales de fonoaudiología y funcionarios a honorarios, en el formato requerido.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública respecto de la cual se descartó la distracción indebida alegada por la recurrida.

Se rechaza el amparo en cuanto a la disponibilidad de la información solicitada en los literales a) y b) de la solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Transparencia.

En sesión ordinaria N° 1299 del Consejo Directivo, celebrada el 09 de agosto de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4349-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 9 de abril de 2022, don Carlos Bravo Oñate solicitó a la Municipalidad de Llanquihue la siguiente información:

"En particular, solicita: "la siguiente información del departamento o corporación de salud municipal.

a) Monto bruto de dinero destinado por la municipalidad al pago de remuneraciones del personal con título profesional de Fonoaudiología, Terapia Ocupacional, Enfermería, Kinesiología, Psicología y Nutrición contratados en las modalidades honorario, contrata y plata desde enero de 2018 hasta diciembre de 2021.

b) Cantidad de profesionales con título profesional de Fonoaudiología, Terapia Ocupacional, Enfermería, Kinesiología, Psicología y Nutrición contratados en las modalidades honorario, contrata y plata desde enero de 2018 hasta diciembre de 2021.

c) Horas de Contrato promedio de profesionales con título profesional de Fonoaudiología, Terapia Ocupacional, Enfermería, Kinesiología, Psicología y Nutrición contratados en las modalidades honorario, contrata y plata desde enero de 2018 hasta diciembre de 2021.

Favor de servirse de la planilla Excel adjunta para el llenado y enviado de datos" (sic).

2) PRORROGA DE PLAZO: Por Carta - NUM. 097, de 5 de mayo de 2022el órgano notificó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en 10 días hábiles, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) RESPUESTA: Mediante memorándum N° 104/2022, de 23 de mayo de 2022, la Municipalidad de Llanquihue respondió a dicho requerimiento de información indicando que los puntos a) y b) se encuentran publicados en el Portal de Transparencia Activa de la Municipalidad. Respecto al punto c), remite tabla con el promedio de horas semanales para profesionales Terapeuta Ocupacional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR