Decisión Nº C412-20 de Consejo de Transparencia de 18/05/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 846544996

Decisión Nº C412-20 de Consejo de Transparencia de 18/05/2020

JuezMarcelo Drago Aguirre (Ausente), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-5,Ley de Transparencia ART-10
Número de sentenciaC412-20
Fecha18 Mayo 2020

DECISIÓN AMPARO ROL C412-20

Entidad pública: Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).

Requirente: Héctor Ireland Carrasco.

Ingreso Consejo: 24.01.2020

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), referido a información sobre el tráfico de ingresos con identificación de mail de recuperación de claves desde el período que comprende la creación de cuenta de acceso hasta la fecha de la solicitud.

Lo anterior, en atención a que no se dispone de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que dicha información no obra en su poder, toda vez que el cambio de casilla de notificación se originó por un error interno de gestión y no por intromisión o suplantación por parte de terceros.

En sesión ordinaria N° 1097 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de mayo de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C412-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 10 de enero de 2020, doña Héctor Ireland Carrasco solicitó a la Superintendencia de Seguridad Social - en adelante también SUSESO-, lo siguiente: "Solicito tráfico de ingresos con identificación de mail de recuperación de claves desde el...

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