Decisión Nº C409-20 / C419-20 de Consejo de Transparencia de 05/05/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 845617445

Decisión Nº C409-20 / C419-20 de Consejo de Transparencia de 05/05/2020

JuezMarcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-21 N° 2,Ley de Transparencia ART-21 N°1 LETRA C
Número de sentenciaC409-20 / C419-20
Fecha05 Mayo 2020

DECISIÓN AMPAROS ROLES C409-20 y C419-20

Entidad pública: Corporación de Fomento de la Producción (CORFO)

Requirente: Jorge Rodrigo Reveco Granifo

Ingreso Consejo: 24.01.2020

RESUMEN

Se acogen parcialmente los amparos deducidos en contra de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), ordenando la entrega del número de solicitud de patente de invención -admitida a tramitación- o de registro de patente vigente, de los proyectos de innovación aprobados entre los años 2015 a 2019, en los cuales se exigió este requisito.

Lo anterior, debido a que se trata de antecedentes de naturaleza pública y se desestimó que otorgar la información reclamada signifique una distracción indebida de los funcionarios del órgano reclamado en el cumplimiento regular de sus labores habituales.

Se rechazan los amparos respecto de los tipos de postulación y pro código de los proyectos consultados, por exceder el tenor de la solicitud original; y del código, título y objetivo de dichos proyectos por haberse entregado oportunamente esta información con ocasión de la respuesta.

Asimismo se rechazan los amparos respectos de la copias de los proyectos de innovación aprobados en el período consultado, en aquellos casos que no se exigió como requisito de postulación la presentación de solicitudes o registro de patentes de invención. Lo anterior, debido a que se acreditó fehacientemente que otorgar esta información significaría una distracción indebida de los funcionarios del órgano reclamado en el cumplimiento regular de sus labores habituales, toda vez que tendría que revisar un total de 8.650 proyectos, en las distintas áreas de negocio, ya que dicha información no se encuentra sistematizada.

En sesión ordinaria N° 1094 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de mayo de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitudes de amparo al derecho de acceso a la información roles C409-20 y C419-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 21 de noviembre de 2019 don Jorge Rodrigo Reveco Granifo solicitó a la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante también denominada CORFO, la siguiente información:

Respecto de la obtención de financiamiento de proyectos de innovación que requieren contar con un cierto nivel de requisitos como como patentes, solicitudes de estas mismas en trámite, registro de propiedad intelectual o derechamente de autor, del período 2009 a 2019, requiere:

a) Listado de proyectos aprobados indicando código, título, objetivo, ente que se adjudica el proyecto (Rut, dirección, giro), tipo de instrumento, estado actual del proyecto, región a la que pertenece el proyecto, fecha de inicio de la solicitud y de aprobación del proyecto y finalmente monto adjudicado (copia de vale vista, transferencia o depósito).

b) Copia de cada solicitud del proyecto adjudicado (formularios para postular).

c) Copia de la solicitud de patente o patente vigente del proyecto adjudicado (registro de patente o registro de solicitud de patente) o copia del proyecto al cual aspira de no tener los requisitos antes mencionados.

d) Copia de registro de derechos de autor o propiedad Intelectual del proyecto adjudicado.

2) PRORROGA DE PLAZO: Por carta de fecha 21 de diciembre de 2019 el órgano notificó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en 10 días hábiles, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) RESPUESTAS: El 3 de enero de 2020, la Corporación de Fomento de la Producción respondió a dicho requerimiento de información, mediante carta N° 17 de esa fecha y Resolución Exenta N° 8, de 2 de enero de 2020, señalando, en síntesis, lo siguiente:

Se accede a la letra a) del requerimiento, respecto del listado de todos los proyectos beneficiados durante el año 2009 al 2019 a la fecha, indicando código, título, objetivo, ente que se adjudica el proyecto, tipo de instrumento, estado actual del proyecto, Región a la que pertenece, fecha de inicio de la solicitud y aprobación del proyecto y monto adjudicado a cada uno. Se indica link para acceder a esta información.

Se deniega lo pedido en la letra a) relativo a la entrega de la dirección de los beneficiarios, las copias de los vales vista, transferencias o depósitos; como asimismo, lo requerido en las letras b), c) y d), por concurrir la causal de reserva contenida en el artículo 21 N° 1, letra c) y N° 2, de la Ley de Transparencia y lo previsto en la Ley sobre Protección a la vida privada.

Al respecto señala que CORFO por medio de sus áreas de negocios pone a disposición de los interesados diversos instrumentos de subsidio, los que contemplan distintas modalidades de postulación y en cualquiera de estos casos, tantos los formularios de postulación de los proyectos beneficiados y sus antecedentes, como el detalle de los mismos y la copia de cada...

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