Decisión Nº C407-20 de Consejo de Transparencia de 02/06/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847255529

Decisión Nº C407-20 de Consejo de Transparencia de 02/06/2020

JuezMarcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Normativa aplicadaLey 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2 LETRA F,Ley de Transparencia ART-5 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-11 LETRA D
Fecha02 Junio 2020
Número de sentenciaC407-20

DECISIÓN AMPARO ROL C407-20

Entidad pública: Estado Mayor Conjunto.

Requirente: Catalina Gaete Salgado.

Ingreso Consejo: 24.01.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo contra el Estado Mayor Conjunto, ordenando la entrega de las notas tomadas por el Vice Almirante y el General de Aviación que se indican, en el ejercicio de sus funciones, entre el 18 de octubre y el 27 de noviembre de 2019.

Lo anterior, por tratarse de información que debiere obrar en poder del órgano, respecto de la cual la inexistencia invocada no resultó suficientemente acreditada conforme al estándar fijado por esta Corporación, en esta instancia, por el órgano reclamado.

Previo a la entrega, deben tarjarse todos los datos personales de contexto que pudieren estar incorporados en los documentos cuya entrega se ordena.

Con todo, en el evento de que la información específica que fuere requerida no obre en poder del órgano, se deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo, indicando detallada y específicamente las razones que lo justifiquen.

En sesión ordinaria N° 1102 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de junio de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C407-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) CONTEXTO PREVIO: Mediante solicitud código AD023T0000378 de fecha 27 de noviembre de 2019, doña Catalina Gaete Salgado solicitó al Estado Mayor Conjunto (en adelante, EMCO), "lista de reuniones convocadas o en las que haya participado el jefe y/o subjefe del Estado Mayor Conjunto, vicealmirante Rodrigo Álvarez Aguirre y General de Aviación Albert Widmer Thomas, entre el 28 de octubre y el 27 de noviembre de 2019. Indicar día, hora y lugar de la reunión, descripción de las temáticas abordadas y asistentes (nombre, rango -en caso de funcionarios militares- y cargo). Solicito también acceso a las notas que ambos funcionarios hayan tomado durante el desarrollo de estas reuniones, ya sean notas escritas a mano o en formato digital (Word, pdf, bloc de notas, etc.) (...)". Mediante CARTA.EMCO.OTIP. (P) N°6803/2705, de fecha 24 de diciembre de 2019 se dio respuesta por el órgano a dicho requerimiento, informando -en síntesis- que no obstante haberse efectuado una búsqueda sobre los antecedentes requeridos, no existe un listado o registro con el detalle de los antecedentes consultados, por cuanto la normativa no establece la obligación de anotar fechas, horas y lugares de reunión, así como descripción de las temáticas abordadas y asistentes.

2) SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de diciembre de 2019, doña Catalina Gaete Salgado solicitó al Estado Mayor Conjunto acceso y copia de los siguientes documentos:

"Notas tomadas por los funcionarios Vicealmirante Rodrigo Álvarez Aguirre y el General de Aviación Albert Widmer Thomas, entre el 18 de octubre y el 27 de noviembre de 2019. Estas notas, tomadas en el ejercicio de sus funciones, pueden ser escritas a mano (en agendas o cuadernos) o en formato digital (word, pdf, bloc de notas, etc.).

Solicito esta información de acuerdo al principio de divisibilidad, establecido en el artículo 11 de la Ley 20.285, que indica que si un acto administrativo contiene información que puede ser conocida, e información que debe denegarse en virtud de causa legal, se dará acceso a la primera y no a la segunda. Por tanto, si las notas contienen información que deba ser denegada en virtud de alguna causa legal, solicito que esta información específica se tache, pero se haga entrega de la (las) página (s) completa (s)."

3) RESPUESTA: El 24 de enero de 2020, el Estado Mayor Conjunto, mediante CARTA.EMCO. OTIP.(P) N°6803/195, respondió a dicho requerimiento de información indicando que "al haberse efectuado un análisis de la actual solicitud de información, con la anterior presentada con fecha 27 de Noviembre de 2019, folio N° AD023T0000378, se puede concluir que ambas son muy similares en su contenido, ocasión en la cual se remitió en formato PDF, la respectiva carta de respuesta EMCO.OTIP. (P) N° 6803/2705, de la misma fecha ya señalada, cuya copia se adjunta".

4) AMPARO: El 24 de enero de...

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