Decisión Nº C4010-19 de Consejo de Transparencia de 18/05/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 846544981

Decisión Nº C4010-19 de Consejo de Transparencia de 18/05/2020

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Ausente), Presidente
Número de sentenciaC4010-19
Fecha18 Mayo 2020
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-19-4,Ley de Transparencia ART-21 Nº 2,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C4010-19

Entidad pública: Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género

Requirente: Bastián Ortiz Contreras

Ingreso Consejo: 05.06.2019

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género, respecto a la entrega de información sobre el tipo de capacidad diferente, edad y sexo de uno de sus funcionarios.

Lo anterior, por cuanto, si bien, se exceptúa el nombre de aquel, el acceso a los datos ya mencionados podrían permitir o facilitar la determinación de su identidad asociada al conocimiento de un dato sensible correspondiente al estado de salud física o psíquica de este, cuyo tratamiento no se encuentra permitido en nuestro ordenamiento jurídico, sin consentimiento expreso del titular de los datos.

En el mismo sentido se resolvió amparo Rol C4155-19.

En sesión ordinaria N° 1097 del Consejo Directivo, celebrada el 18 de mayo de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo Rol C4010-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 15 de mayo de 2019, don Bastián Ortiz Contreras solicitó a la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género "saber la cantidad de trabajadores con capacidad diferente en vuestro ministerio, correspondiente al mes de abril de 2019. No necesito sus nombre, solo necesito...

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