Decisión Nº C3985-21 / C398... de Consejo de Transparencia de 17/08/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 876224892

Decisión Nº C3985-21 / C398... de Consejo de Transparencia de 17/08/2021

Número de sentenciaC3985-21 / C398...
Fecha17 Agosto 2021

DECISIÓN AMPAROS ROLES C3985-21 C3987-21; C3988-21; C3990-21; C3991-21 y C3993-21

Entidad pública: Corporación de Fomento de la Producción (CORFO)

Requirente: Ignacio Mehech Castellón

Ingreso Consejo: 28.05.2021

RESUMEN

Se rechazan los amparos deducidos en contra de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), referidos a todos los informes en derecho, opiniones jurídicas y análisis legales emitidos por los abogados internos y externos de Corfo, en relación con los contratos suscritos con las empresas SQM y Albemarle (para la extracción y comercialización del litio); como asimismo, los análisis técnicos, modelaciones, análisis financieros y/o proyecciones que el organismo haya realizado en relación con la ejecución de los contratos suscritos con Albemarle Limitada, sometidos actualmente a litigio arbitral

Lo anterior, por cuanto la develación de los antecedentes requeridos afectaría de manera presente o probable y con suficiente especificidad el debido cumplimiento de las funciones del órgano reclamado, respecto a la estrategia jurídica y judicial preparada para su defensa en el juicio arbitral internacional actualmente en curso en contra de Albemarle Limitada. Asimismo, por estimarse que atendida la materia de la controversia; se justifica su reserva en resguardo del interés nacional, en especial, los intereses económicos o comerciales del país.

El Consejero Francisco Leturia Infante se abstuvo de intervenir y votar en el presente caso.

En sesión ordinaria N° 1207 del Consejo Directivo, celebrada el 17 de agosto de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información roles C3985-21; C3987-21; C3988-21; C3990-21; C3991-21 y C3993-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUDES DE ACCESO: El 16 de abril de 2021, don Ignacio Mehech Castellón, en representación de Albemarle Limitada, solicitó a la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) la siguiente información:

a) Solicitud AH004T0003427 que origina el amparo C3985-21: "Todos los Informes en Derecho, las Opiniones Jurídicas y los análisis legales que hayan emitido abogados internos de la Corporación de Fomento de la Producción ("Corfo"), en relación con:

(i) Los contratos que Corfo ha celebrado con Sociedad Química y Minera de Chile S.A. ("SQM");

(ii) La modificación de contrato celebrada entre Corfo y SQM, SQM Potasio S.A. y SQM Salar S.A., de fecha 17 de enero de 2018, donde se modificó, refundió y actualizó el contrato denominado "Proyecto en el Salar de Atacama", y aquel de misma fecha donde se modificó, refundió y actualizó el texto del contrato denominado "Arrendamiento sobre pertenencias mineras OMA" (ambos conjuntamente, los "Contratos");

(iii) La modificación de contrato celebrada entre Corfo y SQM, SQM Potasio S.A. y SQM Salar S.A., de fecha 8 de enero de 2020, donde se modificaron los Contratos.

(iv) Los arbitrajes llevados a cabo entre Corfo y SQM, particularmente aquel llevado ante el CAM Santiago, bajo el rol N° 1954-2014".

b) Solicitud AH004T0003428 que origina el amparo C3987-21: "Todos los Informes en Derecho, las Opiniones Jurídicas y los análisis legales que hayan emitido abogados externos a la Corporación de Fomento de la Producción ("Corfo"), en relación con:

(i) Los contratos que Corfo ha celebrado con Sociedad Química y Minera de Chile S.A. ("SQM");

(ii) La modificación de contrato celebrada entre Corfo y SQM, SQM Potasio S.A. y SQM Salar S.A., de fecha 17 de enero de 2018, donde se modificó, refundió y actualizó el contrato denominado "Proyecto en el Salar de Atacama", y aquel de misma fecha donde se modificó, refundió y actualizó el texto del contrato denominado "Arrendamiento sobre pertenencias mineras OMA" (ambos conjuntamente, los "Contratos");

(iii) La modificación de contrato celebrada entre Corfo y SQM, SQM Potasio S.A. y SQM Salar S.A., de fecha 8 de enero de 2020, donde se modificaron los Contratos.

(iv) Los arbitrajes llevados a cabo entre Corfo y SQM, particularmente aquel llevado ante el CAM Santiago, bajo el rol N° 1954-2014."

c) Solicitud AH004T0003429 que origina el amparo C3988-21: "Todos los Informes en Derecho, las Opiniones Jurídicas y los análisis legales que hayan emitido abogados internos de la Corporación de Fomento de la Producción ("Corfo"), en relación con:

(i) La negociación y celebración del contrato suscrito entre Corfo y Rockwood Lithium Inc., Foote Minera e Inversiones Limitada y Rockwood Litio Limitada (el "Anexo Convenio Básico"), de fecha 25 de noviembre de 2016; (ii) La negociación y celebración del contrato que aparece firmado entre Corfo y Albemarle Lithium Inc. ("Albemarle Lithium"), Foote Minera e Inversiones Limitada ("Foote") y Albemarle Limitada ("Albemarle"), de fecha 16 de marzo de 2018 (la "Modificación Anexo Convenio Básico");

(iii) El cumplimiento o incumplimiento contractual de Albemarle (antes Rockwood Litio Limitada), Foote, y Albemarle U.S. Inc. (antes Rockwood Lithium Inc.) del Anexo Convenio Básico; y

(iv) La preparación del arbitraje con Albemarle anunciado públicamente en 2018. (v) La preparación y desarrollo del arbitraje con Albemarle en 2021."

d) Solicitud AH004T0003431 que origina el amparo C3990-21: "Todos los análisis técnicos que la Corporación de Fomento de la Producción ("Corfo"), haya revisado, realizado y/o solicitado en relación con la ejecución del contrato suscrito entre Corfo y Rockwood Lithium Inc., Foote Minera e Inversiones Limitada y Rockwood Litio Limitada (el "Anexo Convenio Básico"), de fecha 25 de noviembre de 2016; así como en relación con el cumplimiento o incumplimiento del Anexo Convenio Básico."

e) Solicitud AH004T0003432 que origina el amparo C3991-21: "Todas las modelaciones y proyecciones económicas que haya realizado y/o considerado la Corporación de Fomento de la Producción ("Corfo"), con motivo de la negociación del contrato suscrito entre Corfo y Rockwood Lithium Inc., Foote Minera e Inversiones Limitada y Rockwood Litio Limitada (el "Anexo Convenio Básico"), de fecha 25 de noviembre de 2016."

f) Solicitud AH004T0003433 que origina el amparo C3993-21: "Todos los reportes, análisis financieros y/o proyecciones que tengan relación con la ejecución del contrato suscrito entre Corfo y Rockwood Lithium Inc., Foote Minera e Inversiones Limitada y Rockwood Litio Limitada (el "Anexo Convenio Básico"), de fecha 25 de noviembre de 2016."

2) RESPUESTA: El 07 de mayo de 2021, la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), mediante Resolución Exenta N° 460, de esa fecha respondió en forma conjunta los requerimientos de información transcritos en el N° 1 precedente, señalando, en lo medular, lo siguiente:

1. Como cuestión previa, señala que con fecha 13 de agosto de 1980, Corfo suscribió un "Convenio Básico" con la empresa norteamericana "Foote Mineral Company" (actual "Albemarle Lithium Inc."), con el objeto de desarrollar el Proyecto de Litio en el Salar de Atacama en parte de dichas pertenencias, y de constituir una sociedad para la producción y venta de Litio y sus productos, libre del pago de regalías o de otros cargos, y para la comercialización de productos de magnesio que se extraigan y procesen a partir de las salmueras, en este último caso, sujeta al pago de una comisión sobre el precio de venta. El referido Convenio Básico consigna su vigencia hasta que la sociedad haya vendido litio o productos de litio en cualquiera de sus formas que contengan 200.000 toneladas métricas de litio metálico equivalente.

2. Posteriormente, con fecha 25 de noviembre de 2016, Corfo, la empresa "Rockwood Litio Limitada" (hoy "Albemarle Limitada"), y las únicas socias de esta última, "Rockwood Lithium Inc." (actualmente "Albemarle Lithium Inc.") y "Foote Minera e Inversiones Limitada", suscribieron un Anexo de modificación al Convenio Básico, con el objeto de, entre otras materias, establecer mecanismos de fiscalización del cumplimiento del contrato, aumentar la cuota de producción y comercialización de litio mediante el establecimiento de una Nueva Cuota de hasta 262.132...

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