Decisión Nº C3689-20 / C369... de Consejo de Transparencia de 13/10/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 852387615

Decisión Nº C3689-20 / C369... de Consejo de Transparencia de 13/10/2020

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Fecha13 Octubre 2020
Número de sentenciaC3689-20 / C369...
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-5

DECISIÓN AMPAROS ROLES C3689-20 y C3691-20

Entidad pública: Superintendencia de Educación

Requirente: Edith Guzmán Saavedra

Ingreso Consejo: 28.06.2020

RESUMEN

Se rechazan los amparos deducidos en contra de la Superintendencia de Educación, relativos a la rendición de cuentas de subvención general y subvención escolar preferencial de los años 2017 y 2018, del Colegio San Juan Diego de Maipú, RBD 26209, dependiente de la Corporación Educacional y de Promoción Juvenil Juan Diego de Guadalupe.

Lo anterior, en atención a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no cuentan con más información que aquella que fue entregada en su respuesta a la reclamante.

En sesión ordinaria N° 1136 del Consejo Directivo, celebrada el 13 de octubre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de las solicitudes de amparo al derecho de acceso a la información Roles C3689-20 y C3691-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUDES DE ACCESO: El 31 de mayo de 2020, doña Edith Guzmán Saavedra formuló ante la Superintendencia de Educación las siguientes solicitudes de información:

a) Solicitud signada bajo el código AJ011T0005778 (Amparo C3689-20): "De la rendición de cuentas de Subvención general y SEP de los años 2017 y 2018, del Colegio San Juan Diego de Maipú, RBD 26209, dependiente de la Corporación Educacional y de Promoción Juvenil Juan Diego de Guadalupe, representada por el Sr. Fernando Patricio Gajardo Michel. (...), cuyo resumen de aquellos gastos imputados a prestaciones de servicios, está contenido en Excel resumen honorarios, enviado como respuesta a solicitud de información N° AJ011T0005744.

Requiere la siguiente información:

1-De Roberto Alejandro Vegas Alonso:

a-Copia de boleta de honorarios por $10.000.000 pesos, imputados a SEP con detalle Otros Gastos De Operación, con N° documento 77 del 31/12/2017.

b-Copias de registro o programa de trabajo o servicio realizado de acuerdo al PME colegio, Contrato de servicios, Certificado que acredite la realización conforme del trabajo prestado, detalle del trabajo y firma a de la persona que autoriza dicho trabajo.

- El gasto, para ser aceptado, requiere la entrega de un producto o servicio, el cual debe ser verificable, dado que estará sujeto a revisión.

2.- De Roberto Alejandro Vegas Alonso, de gastos imputados a SEP:

a-Copia de boleta de honorarios por $1.400.000 pesos, con detalle Recreo Entretenido, con N° documento 1040 del 08/05/2018.

b- Copia de boleta de honorarios por $1.111.111 pesos, con detalle Recreo Entretenido, con N° documento 1047 del 09/06/2018.

c- Copia de boleta de honorarios por $1.111.111 pesos, con detalle Recreo Entretenido, con N° documento 1054 del 10/04/2018.

d- Copia de boleta de honorarios por $1.111.111 pesos, con detalle Recreo Entretenido, con N° documento 1068 del 12/02/2018.

e- De todas las prestaciones ejecutadas por el individuo indicado, requiere copias de registro o programa de trabajo o servicio realizado de acuerdo al PME colegio, Contrato de servicios, Certificado que acredite la realización conforme del trabajo prestado, detalle del trabajo y firma de la persona que autoriza dicho trabajo.

- El gasto, para ser aceptado, requiere la entrega de un producto o servicio, el cual debe ser verificable, dado que estará sujeto a revisión.

3- Del actual director del colegio desde Marzo 2019, Carlos Rosendo Serrano Bobadilla:

a-Copia de boleta de honorarios por $1.300.000 pesos, imputado como gastos SEP con detalle Asesoría Técnica PME, con N° documento 1 del 09/07/2018.

b-Copia de boleta de honorarios por $600.000 pesos, imputado como gastos SEP con detalle MONITOREO PME, con N° documento 3 del 11/07/2018.

c-Copia de boleta de honorarios por $600.000 pesos, imputado como gastos SEP con detalle MONITOREO PME, con N° documento 4 del 04/12/2018.

d- De todas las prestaciones ejecutadas por el individuo indicado, requiere copias de registro o programa de trabajo o servicio realizado de acuerdo al PME colegio, Contrato de servicios, Certificado que acredite la realización conforme del trabajo prestado, detalle del trabajo y firma de la persona que autoriza dicho trabajo

4.- De William Robinson Briones Farías:

a-Copia de boleta de honorarios por $555.556 pesos, imputado como gastos a SEP con detalle Asesoría Técnica Educacional, con N° documento 1 del 05/12/2018.

b- De todas las prestaciones ejecutadas por el individuo indicado, requiere copias de registro o programa de trabajo o servicio realizado de acuerdo al PME colegio, Contrato de servicios, Certificado que acredite la realización conforme del trabajo prestado, detalle del trabajo y firma de la persona que autoriza dicho trabajo."

b) Solicitud signada bajo el código AJ011T0005779 (Amparo C3691-20): "De la rendición de cuentas de la Subvención general y SEP de los años 2017 y 2018, del Colegio San Juan Diego de Maipú, RBD 26209, dependiente de la Corporación Educacional y de Promoción Juvenil Juan Diego de Guadalupe, RUT: 71673100-6, representada por el Sr. Fernando Patricio Gajardo Michell (...), cuyo resumen de aquellos gastos imputados a prestaciones de servicios, está contenido en Excel resumen Honorarios, enviado como respuesta a solicitud de información N° AJ011T0005744, requiere la siguiente información de los gastos asociados a servicios...

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