Decisión Nº C3658-19 de Consejo de Transparencia de 05/12/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 841012080

Decisión Nº C3658-19 de Consejo de Transparencia de 05/12/2019

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Jorge Jaraquemada Roblero (Ausente),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-11 LETRA F,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2 LETRA F,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-21,Ley de Transparencia ART-13,Constitución Política de la República ART-19 N°4
Número de sentenciaC3658-19
Fecha05 Diciembre 2019

DECISIÓN AMPARO ROL C3658-19

Entidad pública: Municipalidad de Teno.

Requirente: Matías Rojas Medina.

Ingreso Consejo: 23.05.2019

RESUMEN

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Teno, ordenando la entrega de la cantidad numérica de personas que pagaron multas por infracciones a la Ley de Tránsito y Ley de Alcoholes.

Lo anterior, toda vez que se trata de información pública que el órgano ha reconocido tener en su poder, cuya divulgación no afecta los derechos comerciales y económicos de los terceros involucrados, por referirse a multas que se encuentran pagadas y no se identifica a su infractor.

Se rechaza el amparo respecto de los datos personales consistentes en nombre o número de placa patente del infractor y el rol de la causa o el número de licencia del conductor, por afectar derechos de terceros, así como de eventuales solicitudes formuladas por Concejales de la comuna de Teno, al municipio o al Juzgado de Policía Local, por cuanto no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que dichos antecedentes no obran en su poder.

Sin perjuicio de lo anterior, se representa la infracción a la Ley de Transparencia al no haber aplicado el procedimiento de derivación parcial de la solicitud de información, y por facilitación este Consejo derivará al Juzgado de Policía Local de Teno, a fin de que dicho órgano se pronuncie respecto de la entrega de copia de las resoluciones que dispusieron el pago de las multas y de información sobre una supuesta intervención de los Concejales de la comuna.

En sesión ordinaria N° 1055 del Consejo Directivo, celebrada el 5 de diciembre de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3658-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 11 de abril de 2019, don Matías Rojas Medina solicitó a la Municipalidad de Teno, la siguiente información:

"A) Se me informe cantidad numérica y listado con la identidad de personas que pagaron multas por infracciones a la Ley de Tránsito y Ley de Alcoholes en Tesorería Municipal de la Ilustre Municipalidad de Teno durante los años 2017 y 2018, y los meses de enero, febrero y marzo de 2019, adjuntando copia digital de estadísticas elaboradas sobre la materia, los registros en los cuales conste la existencia de dichos pagos y su monto, la fecha en que éstos ocurrieron y la infracción a la cual se vincule cada una de las multas, por separado, proporcionando, además, copia de las resoluciones del Juzgado de Policía Local de Teno que así lo hubieren dispuesto;

B) Se me entregue copia de todos los registros que existan, de eventuales solicitudes formuladas por concejales de la comuna de Teno, al municipio o directamente al Juzgado de Policía Local de Teno, para dejar sin efecto multas cursadas por Carabineros de Chile en virtud de infracciones a la Ley de Tránsito y Ley de Alcoholes durante el período consultado, precisando la identidad de dichos concejales, la cantidad de veces en que ello ocurrió, y si dichas solicitudes han cumplido su objetivo, es decir, si las multas fueron dejadas sin efecto;

C) Se requiera al Juzgado de Policía Local de Teno, conforme lo establece el mecanismo de derivación contemplado en la Ley de Transparencia, que informe a este requirente la cantidad de partes cursados por Carabineros de Chile en virtud de infracciones a la Ley de Tránsito y Ley de Alcoholes que hubieren ingresado a su despacho para su debida resolución durante el período consultado en esta solicitud, precisando cuáles de ellos han sido dejados sin efecto, detallando el rol de las causas en cuestión y los fundamentos de dichas resoluciones que dejaron sin efecto las multas cursadas por Carabineros de Chile en el período indicado;

D) Se me entregue copia del acto administrativo que hubiere designado en el cargo al actual juez de Policía Local de Teno, especificando cuántos años lleva ejerciendo funciones en esa dependencia;

E) Se me entregue una nómina con los funcionarios administrativos de la Municipalidad de Teno...

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