Decisión Nº C3356-20 de Consejo de Transparencia de 25/08/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 849746069

Decisión Nº C3356-20 de Consejo de Transparencia de 25/08/2020

JuezMarcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Normativa aplicadaReglamento de la Ley de Transparencia ART-51 LETRA D,Ley de Transparencia ART-7 LETRA D
Fecha25 Agosto 2020
Número de sentenciaC3356-20

DECISIÓN RECLAMO ROL C3356-20

Entidad pública: Gobierno Regional Metropolitano.

Requirente: Claudia Antonella Hasbún Faila.

Ingreso Consejo: 17.06.2020.

En sesión ordinaria N° 1125 de su Consejo Directivo, celebrada el 25 de agosto de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C3356-20.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 17 de junio de 2020, doña Claudia Antonella Hasbún Faila, dedujo reclamo por infracción a los deberes de transparencia activa en contra del Gobierno Regional Metropolitana, fundado en que la información sobre los ítems "Personal y sus remuneraciones" y "Contrataciones", se encuentra en incompleta y desactualizada. Particularmente, indica que se solicita "(...) revisar las siguientes situaciones vinculas al nombramiento del Sr. Krohmer, que no han sido informadas en el portal de transparencia de dicho organismo ... 1.- la situación contractual del Administrador Regional en el período entre enero - marzo y a la fecha. 3.- Que se revise por qué en la página de Transparencia del Gobierno Regional de la Región Metropolitana no se informa sobre el nombramiento del Sr. Krohmer (...)" (sic).

2) Que, con fecha 18 y 30 de junio de 2020, la Dirección de Fiscalización revisó el banner de Transparencia Activa del órgano reclamado, donde constató lo siguiente:

a) En la sección "Autoridades" del sitio inicial del organismo reclamado (ruta "Institución/¿Quiénes Somos?/Autoridades") se indica al señor Paul Krohmer como Administrador Regional, además de detallar las funciones de dicho cargo.

b) Revisados los todos los sub ítems de la sección "Personal y Remuneraciones" en...

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